Edicto dando publicidad a la declaración de concurso
Doña Natalia Ramos Lain, Secretario/a Judicial del Juzgado de lo Mercantil número 3 de Barcelona,
Hago saber: Que en dicho Juzgado se tramita el proceso concursal 681/2013, en el que se ha dictado auto declarando en estado de concurso a la entidad Big, S.A. y ordenando darle publicidad con los siguientes datos:
Número de asunto: Concurso 681/2013 Sección C5.
NIG del procedimiento: 08019 47 1 2013 8002733.
Entidad concursada: Big, S.A., con CIF n.º A58384959.
Tipo de concurso: Voluntario.
Fecha del auto de declaración: 11 de octubre de 2013.
Administrador/es concursal/es: Don Oriol Ripoll Pañella, con correo electrónico concursal@addvante.com, domicilio en Av. Diagonal, 482, 1.ª 08013 Barcelona (Barcelona) y n.º de teléfono 934155777.
Facultades del C: Intervenidas.
Forma de personación: Los acreedores pueden personarse en el proceso por medio de Abogado y Procurador.
Llamamiento a los acreedores y comunicación de créditos conforme al art. 85 LC: Los acreedores de la concursada deberán ponerlos en conocimiento de la administración concursal, en el domicilio designado al efecto o remitirlos a dicho domicilio. También podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos. La comunicación expresará el nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretenda. Si se invocare un privilegio especial se indicarán las bienes o derechos a que afecte y, en su caso, los datos registrales. También se señalará un domicilio o una dirección electrónica para que la administración concursal practique cuantas comunicaciones resulten necesarias o convenientes. Se acompañará copia en forma electrónica en caso de que se haya optado por esa forma de comunicación, del título o documentos relativos al crédito.
El plazo será de un mes a contar desde la última de las publicaciones.
Examen de los autos: Los acreedores no personados pueden acudir personalmente a esta Secretaría Judicial y solicitar el examen de aquellos documentos o informes en que consten sus respectivos créditos, o bien hacerlo por medio de Abogado o Procurador que autoricen al efecto, sin necesidad de personarse.
Barcelona, 16 de octubre de 2013.- La Secretaria Judicial.
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