Yo, Marta Mulet Amer, Notario del Ilustre Colegio Notarial de Baleares, con residencia en Palma de Mallorca, con despacho en la c/ Cardenal Rossell, n.º 26, Bajo,
Hago saber: Que ante mí y a instancias del banco Mare Nostrum, S.A., se tramita venta extrajudicial, de conformidad con dispuesto en el artículo 129 de la Ley Hipotecaria en los artículos 234 y siguientes del Reglamento Hipotecario, de la siguiente finca:
Urbana. Número ocho de la orden. Vivienda del piso cuarto, segunda puerta o de la derecha mirando desde la calle, con acceso por el zaguán y escalera señalados con el número treinta y uno de la calle Gabriel Carbonell, de Palma de Mallorca. Mide ciento diez metros cuadrados, y, mirando desde la aludida calle, linda: al frente, vuelo de la misma; derecha, como la total; izquierda, caja de escaleras, patio de luces y vivienda del mismo piso, puerta primera; y fondo, con vacío de terraza del piso primero.
Cuota de participación en los elementos y gastos comunes: 8.25%.
Inscripción: Figura inscrita en el Registro de la Propiedad número 9 de Palma de Mallorca, al tomo 6.202, libro 564, folio 146, finca número 30.874, sección VIII.
Referencia catastral: 1608511DD7810H0008DZ.
Y que, procediendo la subasta de dicha finca, ésta se llevará a cabo bajo las siguientes condiciones:
1. Lugar de celebración: Despacho de la Notaría, sito en la c/ Cardenal Rossell, 26, bajos, 07007 Palma de Mallorca.
2. Fecha y hora de celebración, y tipo de la subasta: Una sola subasta (según lo prevenido en el art. Real Decreto 6/2012), el 18 de diciembre de 2013, a las 12.00 horas, siendo el tipo base el de trescientos cuarenta y un mil doscientos cuarenta euros y cincuenta céntimos (341.240,50 euros); no obstante, si se presentaran posturas por un importe igual o superior al 70 por cien del valor por el que el bien hubiera salido a subasta, se entenderá adjudicada la finca a quien presente mejor postura.
3. Documentación: La documentación y certificación registral a que se refieren los artículos 236.a) y 236.b) del Reglamento Hipotecario pueden consultarse en la Notaría de lunes a viernes de 10 a 13 horas; se entenderá que todo licitador por el hecho de participar en la subasta acepta y admite como bastante la titulación existente, y que las cargas o gravámenes anteriores y las preferentes, si las hubiere, al crédito del actor continuarán subsistentes, quedando subrogado en la responsabilidad derivada de aquellos, si el remate se efectuare a su favor. Las posteriores serán canceladas.
4. Cantidad a consignar: Una cantidad equivalente al treinta por ciento del tipo que corresponde a la subasta, mediante cheque bancario a nombre de la Notario.
5. Posturas por escrito: Podrán hacerse posturas por escrito en pliego cerrado, acompañando el cheque del depósito previo, hasta el momento de la subasta. Solo la adjudicación a favor del acreedor requirente o el remate a favor del mismo o de un acreedor posterior podrá hacerse a calidad de ceder a un tercero.
Para el caso de resultare infructuosa la notificación prevista en el artículo 236- d.1 del R.H. a la persona a cuyo favor este practicada la última inscripción de dominio sobre la finca objeto de la subasta y a los titulares de cargas, gravámenes y asientos posteriores a la hipoteca que se ejecuta y, en su caso, al hipotecante no deudor, al fiador, al arrendatario de la finca hipotecada y a cualquier otra persona que se crea con interés legítimo a intervenir en el procedimiento, en virtud de lo dispuesto en el párrafo segundo del artículo 236-d.2 del R.H., sirva la presente para notificarles:
a) Que pueden intervenir, si les conviene, en la subasta o satisfacer antes del remate el importe del crédito y de los intereses y gastos en la parte asegurada con la hipoteca.
b) Del lugar, día y hora fijados para la celebración de aquélla.
Palma de Mallorca, 7 de noviembre de 2013.- La Notario.
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