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Documento BOE-B-2013-41766

MURCIA

Publicado en:
«BOE» núm. 267, de 7 de noviembre de 2013, páginas 56095 a 56095 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2013-41766

TEXTO

Edicto

Ángela Quesada Martos, Secretaria del Juzgado de lo Mercantil número 2 de Murcia, anuncio:

Que en el procedimiento concursal 141/09, seguido a instancia de la deudora Escudero Costa Mediterránea, S.L., con C.I.F. número B-73048563 con fecha 22 de octubre de 2013, se ha dictado sentencia aprobando la propuesta de convenio presentada por dicha deudora, aceptada en junta de acreedores celebrada el 26 de junio de 2013, cuya parte dispositiva dice lo siguiente:

"Fallo

Apruebo con los efectos previstos en la Ley, la propuesta de convenio presentada en el concurso de la entidad Escudero Costa Mediterránea, S.L., por la propia concursada que fue aceptada por la Junta de Acreedores celebrada el día 26 de junio de 2013.

La cláusula referida a la espera contenida en la deberá interpretarse en el sentido de que todos los pagos y/o anticipos que realice la concursada se han de producir por igual a todos los acreedores, en la misma fecha y en la misma proporción.

Acuerdo el cese de los efectos de la declaración del concurso sobre las facultades de administración y disposición del deudor, así como los efectos que tal declaración produce en los contratos en los que es parte la concursada y sobre los acreedores de la concursada, si bien respecto de estos últimos teniendo en cuenta la vinculación que sobre los mismos produce el convenio aprobado para aquellos a quienes legalmente afecte.

Acuerdo el cese de la Administración Concursal en sus funciones de intervención de las facultades de administración y disposición de la entidad concursada. Deberá presentar rendición de cuentas en el plazo de dos meses desde la firmeza de esta resolución.

Llévese testimonio de esta resolución a los autos y el original al libro de sentencias de este juzgado.

Notifíquese esta sentencia a las partes y la Administración Concursal, haciéndoles saber que la misma no es firme y contra ella cabe recurso de apelación, ante este mismo Juzgado, en el plazo de veinte días a contar desde el siguiente a su notificación y del que conocerá, en su caso, la Audiencia Provincial de Murcia.

Publíquese esta resolución en el Boletín Oficial del Estado, en un diario de los de mayor difusión de la provincia y líbrese mandamiento al Registro Mercantil de Murcia para su inscripción.

Así, por este mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo."

Murcia, 28 de octubre de 2013.- La Secretaria Judicial.

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