Está Vd. en

Documento BOE-B-2013-41337

BARCELONA

Publicado en:
«BOE» núm. 265, de 5 de noviembre de 2013, páginas 55512 a 55512 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2013-41337

TEXTO

Secretario Judicial, D. José Vela Pérez, del Juzgado Mercantil n.º 6 de Barcelona,

Hace saber: Que en los autos que se siguen en este Juzgado con el número 601/2013 se ha declarado, mediante auto de fecha 15 de octubre de 2013, el concurso voluntario de Comercial Intersign, S.A., con NIF A59368795 y domicilio en C/ Luxemburg, n.º 24, Polígono Industrial Rosanes II, de Castellví de Rosanes (Barcelona) en el que se ha decretado el mantenimiento de las facultades de administración y disposición sobre su patrimonio, que se tramitará por los cauces del concurso abreviado.

Los acreedores del concursado deberán comunicar sus créditos al administrador concursal designado Conditio Creditorum Concursal, S.L.P., por medio de escrito que se presentará, personalmente, por vía postal en el domicilio del administrador concursal sito en Avda. Diagonal, n.º 401, 1.º, de Barcelona, o en la dirección electrónica designada por el administrador concursal comercialintersign@conditiocreditorum.com en el plazo de un mes, a contar desde la publicación en el BOE del presente edicto.

El escrito deberá ir firmado por el acreedor, interesado o representante, expresando domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, concepto y cuantía, fecha de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretenda. Si se invocare un privilegio especial se indicarán, además los bienes y derechos a que afecte y, en su caso, los datos registrales. Se deberán acompañar originales o copias auténticas del título o de los documentos relativos al crédito, o bien copia en forma electrónica caso de que se haya optado por este medio de comunicación. Los acreedores tienen derecho a comparecer y personarse en las actuaciones, designando abogado y procurador que les defienda y represente, salvo que pretenda exclusivamente comunicar sus créditos o asistir a juntas, debiendo efectuar en su caso la personación en el Servicio Común de los Juzgado Mercantiles.

Las resoluciones que traigan causa del concurso se publicarán en el Registro Público Concursal.

Barcelona, 15 de octubre de 2013.- El Secretario Judicial.

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid