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Documento BOE-B-2013-4067

Anuncio de la Secretaría General de Instituciones Penitenciarias, para notificación al funcionario don Miguel Ángel Serrano Blanco, de la resolución sancionadora de 16 de enero de 2013, del Secretario General de Instituciones Penitenciarias por delegación del Secretario de Estado de Seguridad, recaída en el expediente formal de corrección disciplinaria 30/2012.

Publicado en:
«BOE» núm. 29, de 2 de febrero de 2013, páginas 5456 a 5457 (2 págs.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio del Interior
Referencia:
BOE-B-2013-4067

TEXTO

Por la Secretaría General de Instituciones Penitenciarias, se ha efectuado el trámite de notificación de la resolución sancionadora de 16 de enero de 2013, sin que haya sido posible la entrega de la resolución mencionada, por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 59 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, debe procederse a su notificación edictal.

En consecuencia, procede notificar y se notifica la Resolución de 16 de enero de 2013, dictada por el Secretario General de Instituciones Penitenciarias, omitidas las referencias a cuerpo de pertenencia y unidad de destino, dice así:

Resolución:

Declarar al funcionario don Miguel Ángel Serrano Blanco, autor disciplinariamente responsable de: Una falta grave correspondiente al primer cargo imputado y tipificada en el artículo 7.1.a) del Real Decreto 33/1986, de 10 de enero, del RRD como "La falta de obediencia debida a los superiores y autoridades", imponiéndole la sanción de un mes de suspensión firme de funciones.

Una falta grave, correspondiente al segundo cargo imputado y tipificada en el artículo 7.1.e) como "la grave desconsideración con los superiores, compañeros o subordinados", imponiéndole la sanción de dos meses de suspensión firme de funciones.

Una falta grave, correspondiente al tercer cargo imputado y tipificada en el artículo 7.1.a) como "La falta de obediencia debida a los superiores y autoridades", imponiéndole la sanción de un mes de suspensión firme de funciones.

Las sanciones impuestas vienen establecidas en el artículo 96.1.c) de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del EBEP y artículo 14.b) en relación con el artículo 16 del citado RRD.

Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso potestativo de reposición ante este Ministerio, o contencioso-administrativo ante los Juzgados Centrales de lo Contencioso-Administrativo, en el plazo de un mes y dos meses, respectivamente, contados a partir del día siguiente al de la notificación de la presente, conforme a lo dispuesto en el apartado 2) de la disposición adicional decimoquinta de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado, 48.2) y 116 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en la redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, y 9.a) y 46.1) de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Al propio tiempo, se participa al interesado que la Resolución de 16 de enero de 2013, del Secretario General de Instituciones Penitenciarias, se encuentra a su disposición en la Subdirección General de Recursos Humanos de Instituciones Penitenciarias, sita en la calle Alcalá, 38-40, de Madrid.

Madrid, 24 de enero de 2013.- El Secretario General de Instituciones Penitenciarias.

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