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Documento BOE-B-2013-40549

LEÓN

Publicado en:
«BOE» núm. 259, de 29 de octubre de 2013, páginas 54501 a 54501 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2013-40549

TEXTO

Edicto

Don Francisco Atilano Barreñada, Secretario Judicial en funciones de sustitución del Juzgado de Primera Instancia número 8 y Mercantil de León, por el presente, hago saber:

1.º Que en los autos seguidos en este órgano judicial con el n.º sección I declaración concurso 298/2013 y NIG n.º 24089 42 1 2013 0007101, se ha dictado en fecha 8 de octubre de 2013, auto de declaración de concurso al deudor Boris Reformas Construcciones y Montajes, S.L. con CIF B24520785.

2.º Se acuerda la apertura de la liquidación de la sociedad, con declaración de su disolución, así como en situación de suspensión del ejercicio de las facultades de administración y disposición sobre su patrimonio, siendo en ella sustituido su Consejo de Administración, como órgano liquidatorio, por la administración concursal, sin perjuicio de continuar aquel en la representación de la concursada en el procedimiento y en los incidentes en los que sea parte.

3.º Se ha designado, como administradora concursal a la Letrada doña María Antonia Mediavilla Rodríguez, mayor de edad, con domicilio profesional en Avenida Pérez Colino, n.º 22, 1.º de Ponferrada, y dirección de correo electrónico acboris@despachoabaco.com, designada para la comunicación de créditos en este concurso, señalada para que los acreedores, a su elección, efectúen la comunicación de créditos.

4.º Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la LC, a la dirección postal o electrónica indicadas en el punto anterior, en el plazo de un mes a partir de la última fecha de publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado.

5.º Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador asistidos de Letrado, no siendo precisa la intervención de dichos profesionales para la comunicación de créditos.

León, 24 de octubre de 2013.- El Secretario Judicial.

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