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Documento BOE-B-2013-40092

BARCELONA

Publicado en:
«BOE» núm. 257, de 26 de octubre de 2013, páginas 53830 a 53830 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2013-40092

TEXTO

Don Francisco Velasco García-Plata, Secretario Judicial en sustitución del Juzgado Mercantil número 6 de Barcelona,

Hace saber: Que en los autos que se siguen en este Juzgado con el número 602/2013 se ha declarado, mediante auto de fecha 25 de septiembre de 2013, el concurso voluntario de Comercial Uninxo, Sociedad Anónima, con número de CIF A-61806188, y domicilio en Castellar del Valles, calle Solsonés, número 61, Polígono Industrial "Pla de la Bruguera", en el que se ha decretado el mantenimiento de las facultades de administración y disposición sobre su patrimonio, que se tramitará por los cauces del concurso ordinario.

Los acreedores del concursado deberán comunicar sus créditos al administrador concursal designado Doña María Jesús Baigorri Puerto, economista, por medio de escrito que se presentará personalmente, por vía postal en el domicilio del administrador concursal, sito en Barcelona, Plaza Urquinaona, número 6 14-A-1, número de teléfono 93-3011383, o en la dirección electrónica designada por el administrador concursal concursal@baigorri.net en el plazo de un mes, a contar desde la publicación en el Boletín Oficial del Estado del presente edicto.

El escrito deberá ir firmado por el acreedor, interesado o representante, expresando domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, concepto y cuantía, fecha de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretende. Si se invocare un privilegio especial se indicarán, además, los bienes y derechos a que afecten y, en su caso, los datos registrales. Se deberán acompañar originales o copias auténticas del título o de los documentos relativos al crédito, o bien, copia en forma electrónica caso de que se haya optado por este medio de comunicación. Los acreedores tienen derecho a comparecer y personarse en las actuaciones, designando abogado y procurador que les defienda y represente, salvo que pretendan exclusivamente comunicar sus créditos o asistir a juntas, debiendo efectuar en su caso la personación en el Servicio Común de los Juzgados Mercantiles.

Las resoluciones que traigan causa del concurso se publicarán en el Registro Público Concursal.

Barcelona, 25 de septiembre de 2013.- El Secretario Judicial.

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