Está Vd. en

Documento BOE-B-2013-39611

Anuncio de SEPES Entidad Pública Empresarial de Suelo, adscrita al Ministerio de Fomento, de procedimiento de inscripción en el Registro de la Propiedad n.º 2 de Santiago de Compostela, de la certificación administrativa a que se refiere el artículo 206 de la Ley Hipotecaria, Texto Refundido según Decreto de 8 de febrero de 1946, para reanudar el tracto sucesivo interrumpido de la finca registral 19612.

Publicado en:
«BOE» núm. 253, de 22 de octubre de 2013, páginas 53188 a 53189 (2 págs.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio de Fomento
Referencia:
BOE-B-2013-39611

TEXTO

Al amparo del art. 37.3 de la Ley 33/2003, de 3 de noviembre, del Patrimonio de las Administraciones Públicas, ha iniciado el trámite de inscripción en el Registro de la Propiedad n.º 2 de Santiago de Compostela de la certificación administrativa a que se refiere el art. 206 de la Ley Hipotecaria, Texto Refundido según Decreto de 8 de febrero de 1946, para reanudar el tracto sucesivo interrumpido del pleno dominio de la finca registral 19.612 a favor de Sepes Entidad Pública Empresarial de Suelo, con el fin de que los legítimos herederos de don Manuel Vilar Moure, o cualquier persona que acredite cualquier derecho sobre la misma pueda formular oposición a dicha inscripción dentro del plazo de treinta días siguientes a la publicación del siguiente edicto, en base a los siguientes,

Antecedentes:

Primero.- Por Decreto 11 de marzo de 1971 fue aprobada la delimitación del polígono industrial "TAMBRE" de Santiago de Compostela, de conformidad con el artículo 3 de la Ley 52/1962 de 21 de julio de Valoración de Terrenos Sujetos a Expropiación en Ejecución de los Planes de Vivienda y Urbanismo, y artículo 121 y concordantes de la Ley sobre Régimen de Suelo y Ordenación Urbana de 12 de mayo de 1956, habiéndose redactado el proyecto de expropiación y sometido a información pública por plazo de un mes, insertándose los oportunos anuncios en el "Boletín Oficial del Estado" (14 de agosto de 1970), en los diarios "Ideal Gallego" y "Voz de Galicia" (8 de agosto de 1970), en el "Correo Gallego" (9 de agosto de 1970) y en el "Boletín Oficial de la Provincia de La Coruña" (24 de agosto de 1970), habiéndose también expuesto al público durante un mes en el tablón de anuncios del Excmo. Ayuntamiento de Santiago de Compostela.

Segundo.- El expediente de fijación del justiprecio, fue aprobado, en la forma prevenida en la citada Ley sobre el Régimen de Suelo y Ordenación Urbana, por Orden del Ministerio de la Vivienda de 15 de noviembre de 1971.

Tercero.- Dentro de la delimitación del polígono industrial se encontraba la parcela n.º 50 del proyecto de expropiación, cuyo titular, según las hojas de estado legal correspondiente al citado proyecto, era don Manuel Vilar Moure, al cual, mediante cédula de fecha 28 de enero de 1972, recibida el 4 de febrero de 1972, se le notificó el justiprecio para la indemnización del derecho de propiedad de la parcela n.º 50 por un importe de 10.797 pesetas. Dicha notificación fue recibida el 4 de febrero de 1972 por don Jesús Vilar Moure, hermano de don Manuel, el cual había fallecido con fecha 1 de febrero de 1967.

Con fecha 24 de febrero de 1972, don Francisco Vilar Moure, coheredero de la herencia de su fallecido hermano don Manuel Vilar Moure, como así fue declarado por Auto del Juzgado de Primera Instancia n.º 2 de Santiago de Compostela de fecha 15 de diciembre de 1971, de declaración de herederos abintestato y, en beneficio de la comunidad de herederos, considerando que el justiprecio de la parcela no se había determinado conforme a la valoración correcta, interpusieron recurso de reposición, estimando el justiprecio en 42.328,75 pesetas.

A la vista del mencionado recurso, con fecha 8 de marzo de 1973, el Instituto Nacional de Urbanización, le notificó resolución del Ministro de la Vivienda de fecha 16 de enero de 1.973 por la que se estimaba en parte el mismo, quedando fijado de manera definitiva el justiprecio en 34.817,06 pesetas, es decir, 24.020,06 pesetas más del justiprecio fijado inicialmente, no habiéndose interpuesto, frente a dicha resolución, recurso contencioso-administrativo.

Cuarto.- De conformidad con el artículo 50 de la Ley de expropiación forzosa, tanto la indemnización inicial (10.797 pesetas), como la complementaria (24.020,06 pesetas), quedaron depositadas en la Caja General de Depósitos a disposición de los titulares de la parcela 50.

Según certificado de fecha 6 de marzo de 2013, de la Secretaría General de la Delegación de Economía y Hacienda en Galicia- A Coruña -, con fecha 25 de mayo de 1972 se depositó la cantidad de 10.797 pesetas para responder de la expropiación de la finca 50 propiedad de M. Vilar en el polígono Tambre (Santiago de Compostela), habiendo sido retirado dicho importe el 21 de enero de 1975 y, con fecha 9 de mayo de 1978 se depositó la cantidad de 24.020 pesetas para responder del aumento del justiprecio en la expropiación de la finca 50, habiendo prescrito ese depósito con fecha 13 de diciembre de 1999.

De conformidad con el artículo 51 de la mencionada Ley, se procedió a la ocupación de la parcela con el inicio de las obras de urbanización, según proyecto legalmente aprobado, finalizadas y recibidas por el Excmo. Ayuntamiento de Santiago de Compostela en Acta de 27 de abril de 1983, estando desde entonces en la posesión pacifica de la misma.

Quinto.- No constando en el expediente de expropiación ninguna otra reclamación por parte de los legítimos herederos de don Manuel Vilar Moure, ni de otras personas y, no habiendo sufrido la inscripción de la registral 19.612 alteración alguna, SEPES, con la finalidad de inscribir a su favor por titulo de expropiación la finca registral 19.612, con fecha 30 de mayo de 2013, intentó la notificación a don Francisco Vilar Moure, al domicilio que figura en el proyecto de expropiación, habiendo sido devuelta con fecha 10 de junio de 2013, por resultar el domicilio desconocido.

Sexto.- A la vista de lo expuesto en el apartado anterior y, de conformidad con lo previsto en el artículo 37.3 de la Ley 33/2003, de 3 de noviembre, del Patrimonio de las Administraciones Públicas, a estos mismos efectos han sido publicados edictos en el tablón de anuncios del Excmo. Ayuntamiento de Santiago de Compostela.

Madrid, 10 de octubre de 2013.- Jefe de Recursos Humanos y Patrimonio de Sepes Entidad Pública Empresarial de Suelo.

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid