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Documento BOE-B-2013-38751

BARCELONA

Publicado en:
«BOE» núm. 249, de 17 de octubre de 2013, páginas 52048 a 52048 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2013-38751

TEXTO

Doña Ana Eisman Curto, Secretaria Judicial del Juzgado Mercantil 1 de Barcelona

Hace saber:

Que en los autos con NIG G 08019-47-1-2013-8004800 y n.º 584/2013 A se ha declarado el concurso voluntario de fecha 18 de septiembre de 2013 de Bildo Publicidad e Imagen, S.A., con CIF n.º A 08596777 y domicilio en calle Roger de Lluria, 113, 6ª- 1ª, CP 08037 Barcelona, en el que se ha decretado de las facultades de administración y disposición, que se tramitará por los cauces del procedimiento abreviado.

El Administrador Concursal es don David Busto Yuste, con domicilio en c/ Duc, 6, entresuelo 3ª, de Barcelona y correo electrónico: as@quicksa.net

Conforme lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Concursal los acreedores de la concursada deberán poner sus créditos en conocimiento de la Administración Concursal en el domicilio sito en calle Duc, 6, Entlª- 3ª, de Barcelona, o remitirse a dicho domicilio.

También podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos

La comunicación deberá efectuarse en el plazo de un mes a contar desde el siguiente de la publicación en el BOE y expresará el nombre, domicilio, y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretenda. Si se invocare un privilegio especial se indicará además, los bienes o derechos a que afecte y, en su caso los datos registrales. También se señalará un domicilio o una dirección electrónica para que la Administración Concursal practique cuantas comunicaciones resulten necesarias o convenientes. Se acompañará copia en forma electrónica, en caso de que se haya optado por esta forma de comunicación, del título o documentos relativos al crédito.

Los acreedores tienen derecho a comparecer y personarse en las actuaciones, designando Abogado y Procurador que les defienda ya represente, salvo que pretendan exclusivamente comunicar sus créditos o asistir a Juntas

Barcelona, 1 de octubre de 2013.- La Secretaria Judicial.

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