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Documento BOE-B-2013-38463

SEVILLA

Publicado en:
«BOE» núm. 247, de 15 de octubre de 2013, páginas 51661 a 51661 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2013-38463

TEXTO

El Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de Sevilla, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 176 de la Ley Concursal (LC),

Anuncia: Que en el procedimiento número 523/13, Incidente Concursal 796/2013, referente al deudor Bienvestir, S.L., por Auto de fecha 26/07/13 se ha acordado lo siguiente:

1.- Declarar la conclusión del concurso de Bienvestir, S.L.

2.- Archivar las actuaciones.

3.- Declarar la cancelación de todas las anotaciones o inscripciones efectuadas en virtud de la declaración del concurso.

4.- Declarar el cese de las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor hasta ahora subsistentes, salvo las que, en su caso, se contengan en la sentencia firme de calificación.

5.- El deudor quedará responsable del pago de los créditos restantes, de modo que los acreedores podrán iniciar ejecuciones singulares, en tanto no se acuerde la reapertura del concurso o no se declare nuevo concurso. Para tales ejecuciones, la inclusión de su crédito en la lista definitiva de acreedores se equipara a una sentencia de condena firme

6.- La extinción de la entidad Bienvestir, S.L., debiendo cancelarse su inscripción en los registros públicos que corresponda, sin perjuicio del mantenimiento de su personalidad jurídica a los efectos del punto anterior, así como para reclamar el activo sobrevenido que pudiera aparecer.

7.- Dar la publicidad por medio de edictos que se insertarán con la mayor urgencia en el Boletín Oficial del Estado, en el Registro Público Concursal y en el tablón de anuncios del Juzgado.

8.- Dar la publicidad registral necesaria para cuyo efecto remítanse los respectivos mandamientos a los registros correspondientes para la anotación de la presente resolución.

9.- Aprobar la rendición de cuentas que se desprende de la solicitud.

Sevilla, 1 de octubre de 2013.- La Secretaria judicial.

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