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Documento BOE-B-2013-38445

PALMA DE MALLORCA

Publicado en:
«BOE» núm. 247, de 15 de octubre de 2013, páginas 51642 a 51642 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2013-38445

TEXTO

Doña Francisca Frontera Llompart, Secretaria del Juzgado de lo Mercantil número 1 de Palma de Mallorca, por el presente,

Hago saber:

1º.- Que en los autos seguidos en este Juzgado con el n.º 723/13D y NIG número 07040 47 1 2013 0001064 se ha dictado en fecha 23/09/13 auto de declaración de concurso del deudor Nominación, S.L., con CIF B-07585508, cuyo centro de intereses principales lo tiene en calle Bartomeu Rosselló Porcel, 19, Palma de Mallorca, y de Rent Abelia, S.L., con CIF B07935281, cuyo centro de intereses principales lo tiene en calle Camí de Jesús, n.º 70, del Polígono de Ca'n Valero, de Palma de Mallorca.

2º.- Se ha acordado la suspensión por la administración concursal de las facultades de administración y disposición de la entidad concursada.

3º.- Se ha nombrado administrador de dicho concurso a la mercantil Estruch Consultores Mercantiles, S.L.P., con CIF B-07065105, en cuyo nombre el Titulado Mercantil, abogado y auditor de cuentas don Juan José Estruch Escriva ha aceptado el cargo con fecha 09 de octubre de 2013.

4º.- Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la Ley Concursal.

Dicha comunicación deberá presentarse ante la administración concursal a la dirección postal calle Cirilo Amorós, 42, 6.º 12 46004 Valencia o dirección de correo electrónico consultoresmercantiles@estruchconsultores.com, en el plazo de 1 mes a partir de la última fecha de publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado, mediante escrito firmado por el acreedor, por cualquier otro interesado en el crédito o por quien acredite representación suficiente de ellos, y en que se expresará nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretenda, indicando, si se invocare un privilegio especial, los bienes o derechos a que afecte y, en su caso, los datos registrales, acompañándose en todo caso originales o copias auténticas del título o de los documentos relativos al crédito.

5º.- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (art. 184.3 Ley Concursal).

Palma de Mallorca, 10 de octubre de 2013.- La Secretaria Judicial.

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