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Documento BOE-B-2013-383

LAS PALMAS DE GRAN CANARIA

Publicado en:
«BOE» núm. 4, de 4 de enero de 2013, páginas 473 a 473 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2013-383

TEXTO

Edicto.

Doña Teresa Hernández Rivero, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de Las Palmas de Gran Canaria.

Por el presente se hace saber: Que en el procedimiento concursal 0000019/2011, seguido a instancias de la Procuradora doña Paloma Guijarro Rubio, en nombre y representación de "Moelca, S.L.", se ha dictado Auto el día 14/12/2012, en cuya parte dispositiva constan, entre otros, los siguientes extremos:

Se declara el concurso de "Moelca, S.L.", con CIF, n.º B35304666, el que se tramitará por el procedimiento ordinario.

A los efectos oportunos, el presente concurso, tiene el carácter de voluntario.

Conforme prevé el art. 23 de la Ley concursal el presente edicto se insertará en el Registro Público concursal y, en tanto se produce la reglamentación de dicho órgano, se publicará en el "Boletín Oficial del Estado".

Se designan como Administradores del concurso a: Gasso Auditores, S.L.P., compareciendo como Representante legal el economista don Javier Álvarez Cabrera, el cual ha designado como domicilio postal el de la calle Alcalde Ramírez Bethencourt, n.º 14, telf. 928370778, fax, 928380678, y con dirección de correo electrónico, jalvarez@gassorsm.com, en cuanto a los efectos sobre las facultades de administración y disposición del deudor respecto a su patrimonio, se acuerda; intervención.

Llámese a los acreedores para que pongan en conocimiento de la Administración Concursal la existencia de sus créditos en el plazo de un mes, a contar desde el siguiente a la publicación en el "Boletín Oficial del Estado" del Auto de declaración de concurso, conforme a lo previsto en el art. 23 de la Ley 22/2003, de 9 de julio, Concursal en el domicilio designado por la Administración Concursal y en la forma prevista en el art. 85 de la mentada Ley, con expresión de que la comunicación de los créditos se remitirán dicrectamente al Administrador Concursal, con apercibimiento que para el caso que algún crédito fuera presentado directamente al Juzgado, se tendrá por no cumunicado, al no ser válida dicha comunicación.

Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (art. 184.3 LC.).

Don Antonio Carlos Martínez-Uceda Calatrava, Magistrado-Juez. Doña Teresa Hernández Rivero, Secretaria Judicial. - Firmados y rubricados.

Y para que sirva de publicación a los efectos acordados en el Auto dictado, así como de notificación a los acreedores y al deudor en el caso de que éste no hubiere comparecido, de conformidad a lo establecido en el art. 21.5 y 23 de la Ley Concursal, se expide el presente Edicto.

Las Palmas de Gran Canaria, 20 de diciembre de 2012.- La Secretaria Judicial.

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