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Documento BOE-B-2013-38048

ZARAGOZA

Publicado en:
«BOE» núm. 245, de 12 de octubre de 2013, páginas 51103 a 51103 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2013-38048

TEXTO

Doña Carmen Montaner Zueras, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Zaragoza, por el presente, hago saber:

1º.- Que en este Juzgado se siguen autos de Concurso Voluntario Abreviado n.º 365/2013-F, y número de identificación general del procedimiento (NIG) 50297 47 1 2013 0000789, en el cual se ha dictado en fecha de 16 de septiembre de 2013, Auto de Declaración de Concurso Voluntario de la Compañía Mercantil "Baikal New Business, S.L.", con CIF número B-99114621, y domicilio social en Pedrola (Zaragoza), calle Ventas, número 27.

2º.- Se ha acordado la intervención de las facultades de administración y disposición que seguirá ejerciendo la mercantil concursada, mediante autorización o conformidad con la administración concursal.

3º.- Igualmente, se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que en el plazo de un mes comuniquen por escrito la existencia de sus créditos directamente a la administración concursal designada, integrada por la sociedad "Senda Abogados y Asesores, S.L.P.", con CIF B50566835, representada por el economista D. Francisco Alejandro Carbajosa Navarro, con DNI 25.176.046-Q, dirección postal: Paseo Independencia, n.º 34, 2.º, izda., 50004 Zaragoza; teléfonos: 976-231656 y 976-213143; Fax: 976-232820; correo electrónico: abogados@senda-asesores.com.

Dicha comunicación podrá presentarse en el domicilio postal de la administración concursal indicada, o remitirse por correo a dicho domicilio, o efectuarse en su dirección electrónica. No se admitirán comunicaciones de créditos en el Juzgado.

4º.- La comunicación de créditos se efectuará de conformidad con el artículo 85 de la Ley Concursal, y expresará nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretenda, indicando, si se invocare un privilegio especial, los bienes o derechos a que afecte y, en su caso, los datos registrales, acompañándose copia, en forma electrónica en los casos en que se haya optado por esta forma de comunicación, del título o de los documentos relativos al crédito.

5º.- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de procurador y asistidos de letrado (art. 184.3 Ley Concursal).

Zaragoza, 20 de septiembre de 2013.- La Secretaria Judicial.

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