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Documento BOE-B-2013-37913

CIUDAD REAL

Publicado en:
«BOE» núm. 244, de 11 de octubre de 2013, páginas 50943 a 50943 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2013-37913

TEXTO

D. Rafael Villar Herrera, Secretario Judicial del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 4 y de lo Mercantil de Ciudad Real, por el presente hago saber:

1º.- Que en la sección I de declaración de concurso de los autos seguidos en este órgano judicial con el n.º 0000436/2012 y NIG n.º 13034 41 1 2012 0006603, se ha dictado en fecha 02-10-2013 auto de declaración de Concurso Voluntario Abreviado de la entidad deudora "Construcciones Sacra, S.L.", con CIF n.º B-13109715 y domicilio social en C/ Ciudad Real, n.º 23, de la localidad de Miguelturra (Ciudad Real), cuyo centro de intereses principales lo tiene también en la citada localidad de Miguelturra (Ciudad Real).

2º.- Se ha acordado la mera intervención de las facultades de administración y disposición de la entidad deudora sobre su patrimonio, que seguirá ejerciendo el deudor, quedando sometida en el ejercicio de éstas a la autorización o conformidad del/de los Administrador/es Concursal/es designado/s.

3º.- Se ha designado, como Administrador/a Concursal al/a Letrado en ejercicio, colegiado n.º 20191 del Colegio de Abogados de Madrid, D. Ramón Botella Manchón, con domicilio postal en calle Ventura Rodríguez, n.º 3, 4º izqda., 28008 Madrid, y con dirección electrónica "biprogestion.sacra@gmail.com", domicilio y dirección electrónica éstos que han sido señalados para que los acreedores, a su elección, efectúen la comunicación de sus créditos.

4º.- Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la L.C., a la dirección postal o electrónica indicadas en el punto anterior, en el plazo de un mes, a partir de la fecha de publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado.

5º.- La Administración Concursal, con una antelación mínima de cinco días previos a la presentación del informe al juez, dirigirá comunicación electrónica a los acreedores de los que conste su dirección electrónica, informándoles del proyecto de inventario y de la lista de acreedores.

6º.- A su vez estos, conforme a lo previsto en el artículo 95.1 de la L.C., podrán solicitar a la Administración Concursal, igualmente por medios electrónicos y hasta los tres días anteriores a la presentación del informe al Juez, que se rectifique cualquier error o que se complementen los datos comunicados (art. 95.1 L.C.).

7º.- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador/a y asistidos de Letrado/a (artículo 184.3 LC).

Ciudad Real, 3 de octubre de 2013.- El Secretario Judicial.

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