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Documento BOE-B-2013-3728

ZARAGOZA

Publicado en:
«BOE» núm. 27, de 31 de enero de 2013, páginas 4984 a 4984 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2013-3728

TEXTO

D.ª Milagros Alcón Omedes, Secretaria Judicial en funciones de sustitución del Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Zaragoza, por el presente, hago saber:

1.º Que en este Juzgado se siguen autos de concurso voluntario abreviado n.º 586/2012-F, y número de Identificación General del procedimiento (N.I.G.) 50297 47 1 2012 0001188, en el cual se ha dictado en fecha de 4 de enero de 2013, Auto de declaración de concurso voluntario de la Compañía Mercantil "RESTAURADORES CEJO, S.L.", con C.I.F. número B-99128811 y domiciliada en Cuarte de Huerva (Zaragoza), calle Forqueta, sin número, Polígono Valdeconsejo.

2.º Se ha acordado la intervención de las de las facultades de administración y disposición que seguirá ejerciendo la mercantil concursada, mediante autorización o conformidad de la administración concursal.

3.º Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que en el plazo de un mes comuniquen por escrito la existencia de sus créditos directamente a la administración concursal designada, integrada por la sociedad "Asesoría Fiscal Suárez García Basarte, S.L.P.", con CIF B50494830, representada por el diplomado en ciencias empresariales D. José Manuel García Basarte, con DNI 17.707.811-L, y por el abogado D. Francisco Javier Suárez Sánchez-Ventura, dirección postal: Paseo Pamplona, n.º 9, 1.º, B, 50004 Zaragoza, teléfono: 976-231485; fax: 976-231484; correo electrónico: cejo@suarezgbasarte.es

Dicha comunicación podrá presentarse en el domicilio postal de la administración concursal indicada, o remitirse por correo a dicho domicilio, o efectuarse en su dirección electrónica.

4.º La comunicación de créditos se efectuará de conformidad con el artículo 85 de la Ley Concursal, y expresará nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretenda, indicando, si se invocare un privilegio especial, los bienes y derechos a los que afecte y, en su caso, los datos registrales, acompañándose copia, en forma electrónica en los casos que se haya optado por esta forma de comunicación, del título o de los documentos relativos al crédito.

5.º Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de procurador y asistidos de letrado (artículo 184.3 Ley Concursal).

Zaragoza, 14 de enero de 2013.- La Secretaria Judicial.

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