De conformidad con lo establecido en el art. 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, no habiendo podido notificar a doña María José González Marchena, en los dos intentos practicados en su domicilio, se le hace saber que con fecha 21 de agosto de 2013, por el Director General Gerente del INVIED, se le ha incoado el expediente administrativo de desahucio n.º 51/13, en relación con la vivienda militar sita en Santiago de la Ribera (Murcia), en base a lo dispuesto en el artículo 10.1.g), de la Ley 26/1999, de 9 de julio, de medidas de apoyo a la movilidad geográfica de los miembros de las Fuerzas Armadas, significándole que adicionalmente incurre en la causa prevista en el artículo 10.1.e) de la citada norma jurídica.
De acuerdo con lo anterior, y de conformidad con lo previsto en los artículos 142 a 144 del Real Decreto 2114/68, de 24 de julio, podrá formular por escrito las alegaciones y aportar las pruebas que considere convenientes a su derecho, durante el plazo de ocho días hábiles a partir del siguiente al de la presente publicación.
Madrid, 3 de octubre de 2013.- El Jefe de Área de Gestión de la Subdirección General de Gestión.
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