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Documento BOE-B-2013-36890

OVIEDO

Publicado en:
«BOE» núm. 239, de 5 de octubre de 2013, páginas 49571 a 49572 (2 págs.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2013-36890

TEXTO

María Amor Rodríguez Díaz, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil número 1 de Oviedo, anuncia:

Que en el procedimiento concursal número 633/2007, relativo al deudor Faustino Meana Amado, con DNI n.º 10.879.775-Q, se ha dictado Sentencia en fecha 29/07/13, aprobando la propuesta de convenio presentada por el concursado, cuyo fallo es del tenor literal siguiente:

Fallo:

1º.- Se aprueba, con los efectos previstos en la Ley, la propuesta del convenio presentada por el concursado Faustino Meana Amado.

2º.- Se acuerda el cese de los efectos de la declaración del concurso sobre las facultades de administración y disposición del deudor, así como de los efectos que tal declaración produce en los contratos en los que son partes la concursada y sobre sus acreedores, si bien respecto de estos últimos teniendo en cuenta la vinculación que sobre los mismos produce el convenio aprobado para aquellos a quienes legalmente afecte.

3º.- Se acuerda el cese de la administración concursal en sus funciones de intervención de las facultades de administración y disposición de la persona física concursada.

4º.- Se concede a la administración concursal el plazo de un mes a contar desde la notificación de esta resolución para que proceda a la rendición de cuentas de su gestión.

5º.- El plazo para el ejercicio de la facultad de opción a que se refiere el art. 102.2 entre las dos alternativas previstas en la propuesta de convenio será de 10 días a contar desde lal firmeza de la presente, pasado cuyo plazo sin haber hecho uso de la indicada facultad será aplicable la primera alternativa.

6º.- Requiérase a la concursada, a fin de que, con periodicidad anual, a partir de la fecha de esta resolución, informe a este Juzgado acerca del cumplimiento del convenio.

Notifíquese esta resolución a la concursada, a la administración concursal y a todas las partes personadas en el procedimiento.

Hágase pública la parte dispositiva de la sentencia aprobatoria del convenio por medio de edicto que se insertará de forma gratuita en el Boletín Oficial del Estado, entregando este último a la representación procesal de la concursada para que proceda a su inserción, debiendo dar cuenta a este juzgado de su diligenciamiento.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 24 de la Ley Concursal, ofíciese al Registro Civil que corresponda para constancia de la aprobación del convenio, del cese de la intervención de las facultades de administración y disposición, así como del cese de los administradores concursales.

Modo de impugnación: Contra la presente resolución cabe interponer recurso de apelación en el plazo de veinte días a partir del siguiente al de su notificación.

Para interponer el recurso al que se refiere el párrafo anterior, es necesario constituir un depósito de 50,00 euros que se consignarán en la siguiente cuenta de este juzgado: 2274 0000 02 0633 07.

Se debe indicar, en el campo "concepto" que se trata de un ingreso para interponer un recurso de apelación. Si el ingreso se hace mediante transferencia bancaria, se efectuará en el número de cuenta 0030 1846 42 0005001274 y en el campo "concepto" se insertará lo dispuesto en el apartado anterior y los dieciséis dígitos indicados igualmente en dicho apartado.

Así lo acuerda, manda y firma el Iltmo. Sr. don Alfonso Muñoz Paredes, Magistrado-Juez del Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Oviedo.

Oviedo, 29 de julio de 2013.- La Secretaria Judicial.

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