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Documento BOE-B-2013-35807

MURCIA

Publicado en:
«BOE» núm. 233, de 28 de septiembre de 2013, páginas 48153 a 48153 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2013-35807

TEXTO

Edicto

Doña María del Carmen Navarro Esteban, Secretario/a Judicial del Juzgado de lo Mercantil número 1 de Murcia, por el presente, hago saber:

1.º Que en los autos seguidos en este órgano judicial con el n.º sección I declaración concurso 0000398/2013 y NIG n.º 30030 47 1 2013/0000784, se ha dictado en fecha 11/09/2013, auto de declaración de concurso voluntario abreviado del deudor Marina Jobs E.T.T., S.L.U., con CIF n.º B-73463903 y domicilio social en Diputación de Cope 38 Águilas (Murcia).

2.º Se ha acordado la intervención de las facultades de administración y disposición del deudor por la administración concursal nombrada, las que serán sometidas a su autorización y conformidad.

3.º Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la Ley Concursal.

Dicha comunicación deberá comunicarse a la administración concursal que luego se dirá directamente y en el plazo de un mes a partir de la última fecha de publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado, mediante escrito firmado por el acreedor, por cualquier otro interesado en el crédito o por quien acredite representación suficiente de ellos, y en que se expresará nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretenda, indicando, si se invocare un privilegio especial, los bienes o derechos a que afecte y, en su caso, los datos registrales, acompañándose en todo caso originales o copias auténticas del título o de los documentos relativos al crédito.

4.º Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador/a y asistidos de Letrado/a (art. 184.3 Ley Concursal).

5.º Las resoluciones que traigan causa del concurso se publicarán en la siguiente dirección electrónica del Registro Público Concursal mercantil1.www.oficinajudicialmurcia.es

6.º Que ha sido nombrado Administrador Concursal Consorcio Concursal, S.L.P. con CIF B-73736647, con domicilio profesional en c/ Riquelme, n.º 20, 30005 Murcia, teléfono 968213874, fax 968220058 y email marina@consorcioconcursal.com el que en virtud del art. 30 de la Ley Concursal ha designado como persona natural que haya de representarla en el ejercicio de su cargo a don Antonio García Díaz con DNI 27463351V el que ha aceptado el cargo en fecha 13/09/2013.

Murcia, 13 de septiembre de 2013.- La Secretaria Judicial.

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