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Documento BOE-B-2013-35106

MADRID

Publicado en:
«BOE» núm. 229, de 24 de septiembre de 2013, páginas 47240 a 47241 (2 págs.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2013-35106

TEXTO

Edicto.

El Juzgado de lo Mercantil número 6 de Madrid,

Hace saber: Que en este Juzgado se sigue procedimiento bajo el n.º 349/2013 a instancias del Procurador don Leopoldo Morales Arroyo en los que se ha dictado auto de fecha 9 de Septiembre de 2013, cuya parte dispositiva acuerda:

1.- Se declara la competencia territorial de este Juzgado para conocer del concurso solicitado por el procurador Sr. Morales Arroyo, en nombre y representación de Serviagro Obras y Servicios Alternativos, S.L., con Cif B-13255856.

2.- Se declara en concurso, que tiene carácter de voluntario al deudor Serviagro Obras y Servicios Alternativos, S.L.

Se aplicarán en la tramitación del procedimiento las normas del Capítulo II del Título VIII de la LC, sin perjuicio de lo dispuesto en el apartado 2 del artículo 190.

Sin embargo, el plazo señalado a los acreedores para comunicar sus créditos a la administración concursal y los establecidos para la preparación o interposición de recursos serán los comunes de la LC.

3.- El deudor Serviagro Obras y Servicios Alternativos, S.L., conservará las facultades de administración y disposición sobre su patrimonio, quedando sometido el ejercicio de estas a la intervención de los administradores concursales, mediante su autorización o conformidad.

4.- Se nombra administrador del concurso, con las facultades expresadas en el pronunciamiento anterior a don Fernando Pérez-Rubial y Rodríguez, abogado que reúne los requisitos del artículo 27 de la LC.

5.- Llámense a los acreedores del concursado, Serviagro Obras y Servicios Alternativos, S.L., para que comuniquen la existencia de sus créditos. Deberán formular la comunicación en el plazo de un mes contado desde la última publicación de los anuncios de la declaración del concurso que se publicarán en el Boletín Oficial del Estado, el tablón de anuncios del Juzgado y el Registro Público Concursal.

Dichos créditos deberán estar debidamente documentados, expresando su cuantía, causa, fecha y, en su caso, clasificación pretendida, por escrito dirigido a la administración concursal.

La comunicación se realizará por correo ordinario personalmente o bien a través de representante a la siguiente dirección postal: calle Cuatro Amigos, número 1, 2.º B. 28029-Madrid o de correo electrónico comunicacio nes@2004ec.es

La administración concursal realizará sin demora una comunicación individualizada a cada uno de los acreedores.

6.- Anúnciese la declaración del concurso en el Boletín Oficial del Estado, en el Tablón de anuncios del Juzgado y en el Registro Público Concursal.

Y para que sirva de publicidad en forma, se expide el presente.

Madrid, 9 de septiembre de 2013.- Secretaria Judicial.

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