Don José María Valls Soriano, Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantil número 2 de los de Barcelona y provincia,
Hago saber: Que en dicho juzgado se tramita el proceso concursal 623/2013 en el que se ha dictado con fecha 31 de julio de 2013 auto declarando en estado de concurso a la entidad Quinteiro Dental, S.L., con CIF B-64533607 y mandando darle publicidad con los siguiente datos:
Nig del procedimiento: 08019 - 47 - 1 - 2013 - 8001710.
Tipo del concurso: Voluntario. Se ordena la intervención por la administración concursal de las facultades de administración y disposición de la entidad en concurso.
Concursada: Quinteiro Dental, S.L., con domicilio en calle Travesera de las Corts, 37-39, bjs de Barcelona.
Administrador Concursal: Don Manuel Perez López de Briñas, con domicilio en calle Tuset, 23-25, 4.º de Barcelona con correo electrónico manuelperez@icab.cat
Forma de personación: Los acreedores pueden personarse en el proceso por medio de abogado y procurador.
Llamamiento a los acreedores y comunicación de creditos conforme al art. 85 de la ley concursal: Los acreedores de la concursada deberán poner en conocimiento de la administración concursal en el domicilio designado al efecto o remitirse a dicho domicilio. También podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos. La comunicación expresara el nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretenda. Si se invocare un privilegio especial se indicaran ademas, los bienes o derechos a que afecten y, en su caso los datos registrales. También se señalara un domicilio o una dirección electrónica para que la la administración concursal practique cuantas comunicaciones resulten necesarias o convenientes. Se acompañara copia en forma electrónica en caso de que se haya optado por esa forma de comunicación, del titulo o documentos relativos al crédito.
El plazo sera de un mes a contar desde la ultima de las publicaciones.
Examen de los autos: Los acreedores no personados pueden acudir personalmente a esta secretaria judicial y solicitar el examen de aquellos documentos o informes que consten sobre sus respectivos créditos o hacerlo por medio de abogado o procurador que autoricen al efecto sin necesidad de personarse.
Barcelona, 2 de septiembre de 2013.- El Secretario Judicial.
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