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Documento BOE-B-2013-3253

Anuncio del Notario don Alejandro Peña Fernández de subasta por procedimiento extrajudicial.

Publicado en:
«BOE» núm. 24, de 28 de enero de 2013, páginas 4408 a 4408 (1 pág.)
Sección:
V. Anuncios - A. Anuncios de licitaciones públicas y adjudicaciones
Departamento:
Otros Poderes Adjudicadores
Referencia:
BOE-B-2013-3253

TEXTO

Yo, Alejandro Peña Fernández, Notario del Ilustre Colegio de Castilla-La Mancha, con residencia en Illescas, Distrito Notarial de Toledo,

Hago saber: Que en mi Notaría, sita en Illescas (Toledo), calle Arboledas, número 20, se tramita venta extrajudicial, conforme al artículo 129 de la Ley Hipotecaria, de la siguiente finca hipotecada, que constituye vivienda habitual del deudor:

Urbana.- Vivienda unifamiliar tipo B, construida sobre la parcela de terreno número 12 en Numancia de la Sagra (Toledo) en la calle de Santa Rosa de Lima, número 54. Tiene una superficie de ciento cincuenta y seis metros, cero nueve decímetros cuadrados, y una superficie total construida de doscientos trece metros cero nueve decímetros cuadrados. Compuesta de planta sótano, planta baja y planta primera.

Referencia catastral: 6872385VK2367S0001EX.

Registro.- Inscrita en el Registro de la Propiedad número uno de Illescas, tomo 1.867, libro 68, folio 23, Finca registral número 4.849.

Procediendo la subasta de la finca, se hace saber sus condiciones:

Tendrá lugar en mi Notaría, en una única subasta, el día 28 de febrero de 2013, a las 12 horas, siendo el tipo base el pactado en la escritura de constitución de hipoteca, de (290.015,49 €) doscientos noventa mil quince euros con cuarenta y nueve céntimos, y con sujeción a lo dispuesto en el artículo 12 del Real Decreto-ley 6/2012, de 9 de marzo, de Medidas Urgentes de Protección de Deudores Hipotecarios sin recursos.

La documentación y certificación del Registro a que se refieren los artículos 236 a) y 236 b) del Reglamento Hipotecario pueden consultarse en la Notaría de lunes a viernes, de nueve a trece horas. Se entenderá que todo licitador acepta como bastante la titulación aportada. Las cargas, gravámenes y asientos anteriores a la hipoteca que se ejecute continuarán subsistentes. Los licitadores deberán consignar, previamente a la subasta, en la Notaría (o donde se designe al efecto), una cantidad equivalente al 30% del tipo que corresponda a la subasta, mediante cheque bancario a nombre del Notario (o mediante justificación del ingreso en el establecimiento designado al efecto). Podrán hacerse posturas por escrito en pliego cerrado, acompañando el justificante del depósito previo, hasta el momento de la subasta. Solo la adjudicación a favor del acreedor requirente o el remate a favor del mismo o de un acreedor posterior podrá hacerse a calidad de ceder a un tercero.

Illescas, 24 de enero de 2013.- El Notario, Alejandro Peña Fernández.

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