Edicto
En el Juzgado de 1.ª Instancia 6 de Badalona se tramitan con el n.º 2/1991 los autos de suspensión de pagos en los que fue declarada en concurso la compañía Tagra, S.A., con CIF A08117947, y domicilio en la C/ Eduard Maristany, 341, de Badalona. En el procedimiento indicado ha sido dictado auto el 23/07/2013, que es firme por no caber contra el mismo recurso alguno, cuya parte dispositiva es como sigue:
Se acuerda el archivo del procedimiento concursal de Tagra, S.A., por inexistencia de activos realizables y finalización de la fase de liquidación, dando por concluido el concurso en todas sus secciones. Ordenando librar los mandamientos al Registro Mercantil indicando la conclusión del concurso y la disolución de la sociedad.
Publíquese esta resolución, por medio de edictos de inserción gratuita y con el contenido establecido en el artículo 23 de la LC, en el BOE y en los estrados de este Juzgado.
Se acuerda la extinción de la sociedad Tagra, S.A., así como el cierre de su hoja de inscripción en el Registro Mercantil, a cuyo efecto se expedirá mandamiento conteniendo testimonio de la resolución firme.
Hágase entrega al Procurador solicitante de los despachos acordados expedir para que cuide de su curso y gestión, concediéndosele un plazo de diez días para que acredite la publicación de los edictos y la presentación de los mandamientos.
Se acuerda el cese de las limitaciones de facultades de administración y disposición del deudor.
Se aprueba la rendición de cuentas presentada por el administrador concursal.
Notifíquese la presente resolución al deudor y a las partes personadas.
Contra este auto no cabe recurso alguno.
Así lo manda y firma la Magistrada-Juez Cristina Daroca Haller del Juzgado de Primera Intancia n.º 6 de Badalona, de lo que doy fe.
Badalona, 23 de julio de 2013.- La Secretaria judicial.
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