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Documento BOE-B-2013-31572

Anuncio de la Notaría de don Luis Moncholi Giner, sobre subasta extrajudicial de una finca en Santa Lucía de Tirajana.

Publicado en:
«BOE» núm. 192, de 12 de agosto de 2013, páginas 42261 a 42261 (1 pág.)
Sección:
V. Anuncios - A. Anuncios de licitaciones públicas y adjudicaciones
Departamento:
Otros Poderes Adjudicadores
Referencia:
BOE-B-2013-31572

TEXTO

Luis Moncholi Giner, Notario del Ilustre Colegio de las Islas Canarias, en Vecindario-Santa Lucía de Tirajana, con despacho en calle Poema La Maleta, número 25; hago saber: que ante mí se tramita procedimiento extrajudicial de ejecución hipotecaria, conforme al artículo 129 de la Ley Hipotecaria, con relación a la siguiente finca:

Urbana. Número treinta y nueve. Vivienda número siete de orden de gobierno sita el la calle letra d, en Vecindario, del término municipal de Santa Lucía.

Consta de dos plantas, la primera compuesta de porche de entrada, sala-estar, comedor-cocina, trastero, pasillo, aseo y patio.

La segunda compuesta de dormitorio principal y dos dormitorios.

Superficie: Ocupa una superficie construida de setenta y nueve metros y sesenta y tres decímetros cuadrados; y una superficie útil de sesenta y nueve metros y sesenta y nueve decímetros cuadrados.

Linda: Al frente, calle de su situación; derecha, entrando, en ella vivienda número 40 de orden izquierdo; izquierda, vivienda número 38 de orden y fondo, vivienda número 32 de orden.

Inscripción: Registro de la Propiedad de Santa Lucía de Tirajana, tomo 2.550, libro 639, folio 67, finca 7.115.

Las condiciones para la subasta son las siguientes:

Se celebrará en mi Notaría a las 13:00 horas del día diecinueve de septiembre de dos mil trece, y el tipo será el fijado en la escritura de constitución de la hipoteca, esto es, en la siguiente cantidad: ciento setenta y seis mil novecientos ocho euros con cuarenta céntimos (176.908,40 euros).

La subasta se efectuará en la forma en que determina el artículo 12 del Real Decreto-ley 6/2012, de 9 de marzo, de medidas urgentes de protección de deudores hipotecarios, y en lo que no fuera incompatible con el mismo, por el artículo 236 del Reglamento Hipotecario.

Advertencias: La documentación y la certificación registral a que se refieren los arts. 236.a) y 236.b) del Reglamento Hipotecario, pueden consultarse en la Notaría en horario de oficina; se entenderá que todo licitador acepta como bastante la titulación. De existir cargas, gravámenes y asientos anteriores a la hipoteca que se ejecuta, continuarán subsistentes. Sólo la adjudicación a favor del ejecutante o el remate a favor del mismo o de un acreedor posterior podrá hacerse a calidad de ceder a un tercero. En las subastas desde el anuncio hasta su celebración podrán hacerse posturas por escrito en pliego cerrado, acompañando justificante de depósito previo.

Consignaciones: Salvo el acreedor, todos los demás postores deberán consignar previamente en esta Notaría el treinta por ciento del tipo.

Santa Lucía de Tirajana, 23 de julio de 2013.- Notario.

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