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Documento BOE-B-2013-31488

MADRID

Publicado en:
«BOE» núm. 192, de 12 de agosto de 2013, páginas 42125 a 42125 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2013-31488

TEXTO

Edicto

Doña M.ª C. Sanz, Secretario del Juzgado de lo Mercantil número 5 de Madrid,

Hago saber:

Que en este Juzgado de lo Mercantil número 5 de los de Madrid, se sigue concurso voluntario 352/11, de la mercantil Casa 2030, S.A. con NIF A-84821867, en el que recayó sentencia de fecha 30 de julio de 2013, en cuyo fallo constan los siguientes particulares:

"Que debo aprobar y apruebo, con los efectos previstos en la Ley, por haber obtenido las mayorías necesarias, la propuesta de convenio presentada en el concurso de Casa 2030, S.A. por la concursada."

"Se acuerda el cese de los efectos de la declaración del concurso sobre las facultades de administración y disposición del deudor, así como los efectos que tal declaración produce en los contratos en los que es parte la concursada y sobre los acreedores de la concursada, si bien respecto de estos últimos teniendo en cuenta la vinculación que sobre los mismos produce el convenio aprobado para aquellos a quienes legalmente afecte."

"Fórmese la sección 6.ª de calificación del concurso."

"Se concede el plazo de 10 días a contar desde la última publicación que se realice de esta resolución, para que cualquier acreedor o persona que acredite interés legítimo pueda personarse en la sección 6.ª alegando por escrito lo que estime relevante para la calificación del concurso como culpable."

Y para su inserción en el BOE, en cumplimiento de lo dispuesto en el art. 23 de la Ley Concursal.

Madrid, 30 de julio de 2013.- La Secretario Judicial.

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