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Documento BOE-B-2013-30196

MADRID

Publicado en:
«BOE» núm. 185, de 3 de agosto de 2013, páginas 40354 a 40354 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2013-30196

TEXTO

Edicto

Doña Cristina Pousa Blasco, Secretaria del Juzgado de lo Mercantil núm. 1 de Madrid, en cumplimiento de lo dispuesto en el art. 23 de la Ley Concursal (LC), anuncia:

Que en el concurso voluntario que se tramita en este Juzgado con el número de autos 134/2008 concurso voluntario ordinario SEOP, Obras y Proyectos, S.L.U., se ha dictado, en fecha 12 de julio de 2013, Sentencia cuya parte dispositiva dice lo siguiente:

"FALLO: 1)Que debo aprobar y apruebo el convenio presentado por SEOP, Obras y Proyectos, S.L.U., cuyo contenido se recoge en el antecedente de hecho sexto de la presente sentencia, cesando todos los efectos de la declaración del concurso, sin perjuicio de los deberes generales que para el deudor establece el artículo 42 LC.

2) Se fija la correcta interpretación de las cláusulas del convenio en los términos que quedan detalladamente expuestos en el Fundamento Jurídico octavo de esta sentencia.

3) Cesen en su cargo los Administradores concursales, que sin embargo conservarán plena legitimación para continuar los incidentes en curso así como para actuar en la Sección Sexta hasta que recaiga sentencia firme; quedando requeridos para que rindan cuenta de su actuación dentro del plazo de un mes, contado a partir de la notificación de esta resolución.

4) Fórmese Sección Sexta de calificación, que se encabezará con testimonio de la presente sentencia incorporándose a ella testimonios de la solicitud de declaración de concurso, la documentación aportada por el deudor, el auto de declaración de concurso y el informe de la Administración Concursal.

5) Notifíquese esta resolución a la concursada, a la Administración concursal y a todas las partes personadas en el procedimiento.

6) Publíquese en el modo previsto por los art. 23-24 LC (art. 132 LC).

Madrid, 26 de julio de 2013.- La Secretaria Judicial.

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