Está Vd. en

Documento BOE-B-2013-29685

MEDCORRENT, FI
(FONDO BENEFICIARIO)
MEDIFOND PLUS, FI
MEDIVALOR EUROPEO, FI
(FONDOS FUSIONADOS)

Publicado en:
«BOE» núm. 181, de 30 de julio de 2013, páginas 39693 a 39693 (1 pág.)
Sección:
V. Anuncios - C. Anuncios particulares
Departamento:
Anuncios particulares
Referencia:
BOE-B-2013-29685

TEXTO

Anuncio de fusión por absorción

En cumplimiento de lo previsto en el artículo 26 de la Ley 35/2003, de 4 de noviembre, de Instituciones de Inversión Colectiva se hace público:

Que con fecha 12 de julio de 2013, la Comisión Nacional del Mercado de Valores (en adelante CNMV), autorizó la fusión por absorción de "Medifond Plus, FI" y "Medivalor Europeo, FI" como fondos fusionados (absorbidos) por "Medcorrent, FI", como fondo beneficiario (absorbente), implicando la incorporación de los patrimonios de los fondos fusionados con transmisión por título de sucesión universal de la totalidad de su patrimonio, derechos y obligaciones a favor del fondo beneficiario, quedando aquellos como consecuencia de la fusión disueltos sin liquidación.

Que, con fecha 12 de julio de 2013, la CNMV, autorizó la modificación del Reglamento de Gestión de "Medcorrent, FI", al objeto de sustituir a "Banco Depositario BBVA, Sociedad Anónima" por "Banco Mediolanum, Sociedad Anónima".

Que, asimismo, en fecha 12 de julio de 2013, la CNMV autorizó a la Sociedad Gestora para contratar la gestión de los activos de "Medcorrent, FI" con "Andbank Wealth Management, SGIIC, Sociedad Anónima Unipersonal".

Que la ejecución de la fusión tendrá lugar transcurridos al menos cuarenta días naturales desde la fecha del envío de la oportuna comunicación a los partícipes o bien, si fuese posterior, desde la última de las fechas de las publicaciones legales en el Boletín Oficial del Estado y en dos periódicos de tirada nacional. La fecha prevista de la ejecución de la fusión es la primera quincena del mes de septiembre de 2013.

Que los partícipes que lo deseen podrán efectuar el reembolso de sus participaciones sin comisión o gasto alguno, salvo las implicaciones fiscales que ello conlleve, o bien traspasarlas sin coste fiscal en caso de personas físicas, al valor liquidativo aplicable a la fecha de la solicitud.

Que, con la intención de permitir que la fusión se lleve a cabo de manera más eficiente, las suscripciones y los reembolsos de los fondos fusionados serán suspendidas un día antes del día en que se ejecute la fusión.

Que existe a disposición de los partícipes el Proyecto de Fusión que puede ser solicitado gratuitamente a la Sociedad Gestora. Asimismo, en la comunicación enviada a los partícipes se detalla la información adecuada y exacta sobre la fusión prevista, a fin de permitirles formarse un juicio fundado sobre la incidencia de la misma en sus inversiones.

Barcelona a, 23 de julio de 2013.- El Apoderado de "Mediolanum Gestión, SGIIC, Sociedad Anónima", don Tomás Ribés Almiñana.

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid