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Documento BOE-B-2013-29104

VALENCIA

Publicado en:
«BOE» núm. 179, de 27 de julio de 2013, páginas 38861 a 38861 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2013-29104

TEXTO

Doña Cristina María Valero Domenech, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil número 3 de Valencia,

Por el presente, hago saber: Que en este Juzgado se siguen autos de concurso de acreedores de las mercantiles "Cocerva, S.C.V.", con CIF F-46/028072, e "Integraciones Ganaderas Valencia, S.A." (INGAVASA), con CIF A-96786298, con el número de registro 284/12, en cuyo seno se ha dictado Auto de fecha 31/5/2013, que acuerda de inmediato la apertura de la fase de liquidación de ambas mercantiles.

Así mismo, dispone que queden en suspenso las facultades de administración y disposición del Administrador de la empresa concursada (art. 145 LC).

Declara la disolución de las dos mercantiles concursadas "Cocerva, S.C.V.", CIF F-46/028072, e "Integraciones Ganaderas Valencia, S.A." (INGAVASA), con CIF A-96786298, lo que conlleva el cese de la Administración societaria, que será sustituida por el Administrador concursal, la mercantil "Leopoldo Pons, Abogados y Economistas, S.L.", con domicilio social en Valencia, Dr. Romagosa, n.º 3, 7.ª, y CIF B46674917; la cual ha designado a D. David Pastor García, con DNI/NIF número 22.580.578Y, para el ejercicio de dicho cargo, ello sin perjuicio de continuar aquélla administración societaria en la representación de la concursada en el procedimiento y en los incidentes en los que sea parte; quien presentará en este Juzgado, en un plazo de quince días a contar desde la notificación de la presente resolución, un plan adecuado para la realización de los bienes y derechos de la concursada que forman parte de la masa activa del concurso de conformidad con el artículo 148.1 LC.

Expídase mandamiento a la Sociedad de Cooperativas de la Comunidad Valenciana respecto a la mercantil "Cocerva S.C.V.", y al Registro Mercantil de la Provincia de Valencia respecto a la mercantil "Integraciones Ganaderas Valencia, S.A.", a fin de que se verifique la oportuna anotación registral de los acuerdos adoptados por esta resolución.

Fórmense la Sección Quinta del Concurso.

Respecto de la Sexta, se formará, cuando se apruebe el plan de liquidación, de acuerdo con el artículo 167.1 LC, a los efectos procedentes.

Haciéndose constar, en dicho momento, lo previsto en el artículo 168 LC.

Modo de impugnación: mediante recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Valencia, artículo 455 LECn.

Y para que sirva de publicidad a los efectos del artículo 98 de la LC, se expide el presente.

Valencia, 8 de julio de 2013.-

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