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Documento BOE-B-2013-28387

A CORUÑA

Publicado en:
«BOE» núm. 175, de 23 de julio de 2013, páginas 37969 a 37969 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2013-28387

TEXTO

Juzgado Mercantil n.º 1 de A Coruña

Edicto.

En este órgano judicial se tramita Sección I declaración concurso voluntario abreviado 454/2010 seguido a instancias de la deudora Transportes Visantoña S.A. en los que, por resolución de fecha 2 de mayo de 2013 se ha acordado lo que, en extracto, se reproduce:

Auto:

A Coruña, a dos de mayo de dos mil trece.

Hechos:

Único.- Abierta la fase de liquidación del concurso del deudor Transportes Visantoña, S.A. -nº 454/2010-L-, y realizadas las operaciones de liquidación previstas en el plan judicialmente aprobado, el administrador concursal don Diego Comendador Alonso presentó el pasado día 6 de febrero de 2013 informe final justificativo de las operaciones de liquidación realizadas, con rendición de cuentas. Por diligencia de ordenación de fecha 18 de marzo de 2013 se dio traslado a las partes personadas, así del informe (artículo 176.2) como de la rendición de cuentas (artículo 181).

No se formuló alegación alguna dentro del plazo legal por parte de la deudora o de las demás partes personadas o interesados.

Dispongo:

La conclusión y archivo del proceso concursal nº. 454/2010-L, de la deudora Transportes Visantoña, S.A., CIF A-15027063, por fin de la fase de liquidación.

Acuerdo igualmente la extinción de la personalidad jurídica de la deudora y el cierre de su hoja registral en el Registro Mercantil de A Coruña, para lo que se librará mandamiento con testimonio de este auto.

Apruebo la rendición de cuentas presentada por la administración concursal que se cesará en el cargo, con devolución de la acreditación, a la firmeza de esta resolución.

Notifíquese el auto a las partes personadas y publíquese en la parte necesaria en el BOE, extractando en la medida necesaria el contenido del auto y solicitando la inserción gratuita del anuncio conforme a lo actualmente previsto en el artículo 23 de la LC. Comuníquese igualmente a los mismos Juzgados a los que se participó la declaración de concurso.

Entréguese los oficios y el mandamiento al procurador Sr. Bejerano Pérez que cuidará de su diligenciamiento a la mayor brevedad posible.

Contra esta resolución no cabe recurso alguno.

Así lo acuerda, manda y firma Pablo González-Carreró Fojón, Magistrado-Juez del Juzgado de lo Mercantil n.º uno de A Coruña, doy fe.

A Coruña, 24 de mayo de 2013.- El Secretario Judicial.

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