Está Vd. en

Documento BOE-B-2013-28193

Resolución de 18 de junio de 2013, de la Delegación Territorial de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo de Granada, por la que se autoriza administrativamente, se aprueba el proyecto de ejecución de instalaciones y se reconoce, en concreto, la utilidad pública del proyecto denominado "Ampliación de la red de distribución de Granada. Tramo 2". Expediente DGC 36/11.

Publicado en:
«BOE» núm. 173, de 20 de julio de 2013, páginas 37691 a 37696 (6 págs.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Comunidad Autónoma de Andalucía
Referencia:
BOE-B-2013-28193

TEXTO

ANTECEDENTES DE HECHO.

Primero. Con fecha de entrada de 28/10/2011, D. Luis Jordá de la Lastra con D.N.I. 27.307.204-V, en nombre y representación de "Gas Natural Andalucía, S.A.", con domicilio a efectos de notificaciones en el Polígono Industrial Pineda, Ctra. N-IV, calle E, parcela 4, C.P. 41012 Sevilla, solicitó de esta Delegación Territorial autorización administrativa, aprobación del proyecto de ejecución de instalaciones y reconocimiento, en concreto de la utilidad pública, para el proyecto " Ampliación de la red de distribución de gas natural de Granada. Tramo 2", TT.MM. de Granada y Vegas del Génil.

Segundo. La descripción y características de las instalaciones principales a ejecutar, genéricamente descritas, son las siguientes:

Trazado: Inicio en tubería existente de DN 8", ampliándose a DN 10". Discurrirá unos 400 m por el camino de servicio en la margen derecha del río Beiro hasta llegar a la carretera de la Diputación GR-3418, cruzando la misma y continuando unos 800 m hasta llegar al camino de servicio paralelo al río Genil donde cruzará la acequia de los Quintos. La red continuará unos 3.150 m por el camino de servicio paralelo al río Genil hasta cruzar la carretera de acceso a la A-92G en las proximidades de la depuradora de los Vados, cruzará por debajo del puente de la carretera A-92G hasta cruzar el arroyo Juncaril. Finalmente conectará a 270 m con el punto de entrega a Santa Fe.

Tubería: de acero al carbono Gr L245, 5.550 m de DN 10" e= 4 mm, y 2 m de DN 8" e=4 mm.

La tubería irá enterrada a un mínimo de 1 metro de profundidad sobre su generatriz superior.

Presión de servicio: 5‹MOP≤16 bar.

Longitud del gasoducto: 4.539 m. por el T.M. de Granada y 1.013 m. por el de Vegas del Genil (Granada).

Instalaciones auxiliares: Válvulas de seccionamiento enterradas y accesibles superiormente para su maniobra; y sistemas asociados de protección catódica.

Presupuesto: Un millón ochenta y cuatro mil ochocientos treinta y tres euros con dieciséis céntimos(1.084.833,16 €).

Tercero. Con fecha 12/12/2011 se remitió separata y se recabó informe del proyecto a los siguientes organismos afectados: Subdelegación del Gobierno en Granada, Comunidad de Regantes Ciudad de Santa Fe, Comunidad de Regantes Acequia Gorda del Genil, Emasagra, Departamento de Vías Pecuarias de la Delegación Provincial de la Consejería de Medio Ambiente en Granada, Servicio de Carreteras de la Diputación Provincial, Servicio de Carreteras de la Delegación Provincial en Granada de la Consejería de Obras Públicas y Vivienda, Agencia Andaluza del Agua, Excmo. Ayuntamiento de Granada y Excmo. Ayuntamiento de Vegas del Genil.

Los Organismos y Entidades mencionados, en unos casos, contestaron dando su conformidad a las instalaciones, en otros, no se obtiene respuesta, entendiéndose la conformidad a la instalación según artículo 80, del Real Decreto 1434/2002, y otros Organismos formularon reparos que la peticionaria contestó, siendo trasladada dicha contestación a los Organismos, transcurrido el plazo de quince días no formularon nuevo escrito de reparos, por lo que se entiende la conformidad con los mismos.

Cuarto. El expediente fue sometido a trámite de información pública mediante la publicación del correspondiente anuncio en el B.O.P. nº. 28 de fecha 10/02/2012, B.O.J.A nº. 84 de fecha 26/03/2012, B.O.E nº. 42 de fecha 18/02/2012, en los periódico "Granada Hoy" de fecha 07/02/2012 e "Ideal" de fecha 16/03/12, así como mediante exposición en el tablón de anuncios del Excmo. Ayuntamientos de Granada y Excmo. Ayuntamiento de Vegas del Genil (Granada).

Quinto. Durante el periodo de información pública presentaron alegaciones los siguientes interesados:

D. Antonio Aguado Tinas y Dª. Rosario Aguado Tinas, como propietarios de la finca según proyecto nº. GR-GR-1 (pol. 7, parc. 235), manifiestan que la realidad del proyecto obedece a los intereses particulares de la empresa solicitante, prueba de ello, es que en concreto la tubería de distribución proyectada que transcurre sobre nuestra finca, dividiéndola en dos, tiene como fin el acercar dicha distribución a la empresa privada, Puleva, y poder ofertar a esta empresa dicho producto, desconociendo si realmente hay contactos y compromisos con dicha empresa que avalen dicha necesidad, o simplemente es una canalización que, si no es utilizada por la empresa a la que va destinada, quedará sin servicio a pesar de evidentes perjuicios que pueda causarnos como propietarios de la finca.

Asimismo, en la relación de bienes y derechos se identifica la finca de naturaleza de labor de riego, si bien en la actualidad la finca en su totalidad tiene chopos sembrados con fecha 10/03/09, estando a mitad de su desarrollo, teniendo prevista su tala dentro de cinco o siete años, hecho éste que deberá tener en cuenta a fin de valorar el perjuicio que se va a causar. Solicitan una modificación de trazado bien por la linde de la finca o bien por la parcela 234, propiedad de Endesa Distribución Eléctrica S.L, dado que su fin presumiblemente no será agrícola si no de prestación de servicios públicos.

Gas Natural Andalucía S.A. manifiesta que procede a corregir la relación de bienes y derechos afectadas en el sentido indicado por el alegante, sin perjuicio de que en el levantamiento de actas previas a la ocupación, se procederá a verificar dicho extremo. En cuanto a la modificación del trazado solicitada, y una vez siendo viable técnicamente, se modifica el trazado haciendo discurrir el mismo por el lindero norte de la finca, siendo las afecciones resultantes por la variante las siguientes: Expropiación en dominio (SE): 3 m², Servidumbre de paso (SP): 66 m.l. Ocupación Temporal (OT): 660 m².

- Dª. María del Carmen González Rodriguez, como copropietaria de la finca nº GR-GR-8, GR-GR-9, GR-GR-10, solicita que se le practique las notificaciones a su nombre y al domicilio situado en Calle Trinidad nº 2, de Granada.

- Dª. María Josefa López Lucena copropietaria de la finca según proyecto nº GR-GR-18, manifiesta que en el extremo de la finca por el cual discurrirá la tubería, a su paso por el puente, existe un partidor de agua fundamental para el riego de la finca. D. Jose Manuel López Lucena, copropietario de la misma finca, manifiesta que no se ha tenido en cuenta las fincas de riego en el diseño del trazado.

Gas Natural Andalucía S.A. manifiesta que todas las infraestructuras (tuberías de riego, acequias, sistemas de riego por goteo) que se vean afectadas durante la ejecución de las obras serán restituidas al estado en el que se encontraban antes del inicio de las obras y una vez finalicen las mismas, con el objeto de que, una construido el gasoducto, pueda seguirse con el normal uso del riego en las parcelas afectadas. Igualmente, durante la ejecución de las obras se habilitarán las medidas necesarias para no interrumpir el riego en el resto de la finca no afectada por el trazado.

Sexto. Esta actuación cuenta con Autorización Ambiental Unificada de fecha 13 de mayo de 2003 (Expte. AAU/GR/013/12).

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero. En la tramitación del expediente se han cumplido los trámites reglamentarios previstos en la Ley 34/1998, de 7 de octubre, del Sector de Hidrocarburos, el RD 1434/2002, de 27 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimiento de autorizaciones de gas natural, la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificado parcialmente por la Ley 4/1999, de 13 de enero.

Segundo. De conformidad con los Reales Decretos 1091/1981, de 24 de abril y 4164/1982, de 29 de diciembre, por los que se transfieren competencias a la Junta de Andalucía en materia de Industria, Energía y Minas, así como el artículo 117 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía, el Decreto del Presidente de la Junta de Andalucía 3/2012, de 5 de mayo, sobre reestructuración de las Consejerías, el Decreto 149/2012, de 5 de junio, por el que se regula la estructura orgánica de la Consejería de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo y el Decreto 342/2012, de 13 de julio, por el que se regula la organización territorial provincial de la Administración de la Junta de Andalucía, y considerando que éstas instalaciones afectarán, solamente a la provincia de Granada, ésta Delegación en base a lo establecido en la Resolución de 28 de enero de 2004 y en la Orden de 5 de junio de 2013, por la que se delegan competencias en órganos directivos de la Consejería de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo en materia de expropiación forzosa,

RESUELVE:

Primero. Otorgar autorización administrativa, aprobar el proyecto de ejecución y declarar, en concreto, la utilidad pública solicitada por GAS NATURAL ANDALUCIA S.A., correspondiente al proyecto denominado "Ampliación de la red de la distribución de gas natural de Granada. Tramo 2", Exp. Nº. DGC 36/11, lo que lleva implícito la necesidad de ocupación de los bienes y adquisición de los derechos e implica la urgente ocupación a los efectos del artículo 105 de la Ley 34/1998, de 7 de octubre, del Sector de Hidrocarburos, y el artículo 52 de la Ley de expropiación forzosa de 16 de diciembre de 1954, con arreglo a las siguientes condiciones.

Segundo. Estimar las manifestaciones realizadas por la entidad peticionaria, y en concreto, aceptar la variante propuesta por el titular de la Finca GR-GR-1 y estimada por la entidad beneficiaria en el apartado 5º de los Antecedentes de Hecho.

Tercero. La empresa constituirá en el plazo de dos meses, a partir de la fecha de notificación de ésta Resolución, una fianza por valor de 21.696,66 € euros, en la Caja General de Depósitos de la Consejería de Hacienda y Administración Pública de la Junta de Andalucía, en Granada, a disposición de ésta Delegación Provincial de Economía, Innovación y Ciencia, correspondiente al 2 % del presupuesto de ejecución que figura en el expediente, conforme a lo dispuesto en el art. 82 del RD 1434/2002, de 27 de diciembre. Una vez formalizada el acta de puesta en servicio de la instalación, el interesado podrá solicitar su devolución, justificando el cumplimiento de sus obligaciones derivadas de la autorización.

Cuarto. En todo momento deberá cumplirse cuanto se establece en el RD 1434/2002, de 27 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de gas natural.

Quinto. El levantamiento de actas previas a la ocupación se deberá realizar en un plazo no superior a 6 meses contados a partir de esta Resolución, pudiéndose conceder una ampliación de dicho plazo, si las circunstancias lo aconsejan, mediante motivación clara de las circunstancias concurrentes o por causas imputables a la administración.

Sexto. Se establece un plazo de ejecución de la obra de 18 meses a partir del levantamiento del acta previa a la ocupación de los bienes afectados.

Séptimo. El inicio de la obra se deberá realizar en un plazo no superior a 6 meses contado a partir del levantamiento del acta previa a la ocupación de los bienes afectados. La empresa queda obligada a comunicar a ésta Delegación Territorial la fecha de inicio de las obras.

Octavo. El incumplimiento de los plazos previstos supondrá la cancelación de la presente autorización.

Noveno. La presente autorización se concede con independencia de las competencias que correspondan a otras Administraciones, de acuerdo con el Artículo 6 de la Ley 34/1998, de 7 de octubre, del Artículo 75.2, del RD 1434/2002, de 23 de diciembre, y en ningún caso se concederá con derechos exclusivos de uso conforme a lo previsto en el Artículo 73.4 de la Ley 34/1998, de 7 de octubre, según redacción dada en el RD Ley 5/2005, de 11 de marzo.

Décimo. A la finalización de las obras la empresa queda obligada a solicitar de ésta Delegación Provincial, la puesta en servicio de las instalaciones, acompañada de la documentación siguiente:

a) Certificado final de obra, firmado por técnico competente y visado por el Colegio Oficial correspondiente (o documento que sustituya a éste), en el que conste que la construcción y montaje de las instalaciones se han ejecutado de acuerdo con lo previsto en el proyecto aprobado, los reglamentos, normas y especificaciones aplicados en el mismo. Así mismo en el mismo constará como mínimo:

- Nombre de la empresa instaladora.

- Documento técnico origen de la Autorización Administrativa Previa. Indicando; nº de expediente, denominación, autor, referencia al visado o documento sustitutivo, fecha de autorización administrativa.

- Descripción de las instalaciones. Cuando el certificado no sea por la totalidad de las instalaciones contenidas en el proyecto y se trate de certificados parciales del mismo, se indicará: ubicación, material, longitud, origen, final, válvulas y acometidas, acompañando plano del tramo certificado.

- Pruebas realizadas a cada tramo. Nombre del OCA que realiza las pruebas, nº de acta, fecha de inicio y finalización y resultado satisfactorio.

- Se adjuntarán las actas de pruebas.

b) Certificados emitidos por Organismo de Control Autorizado, correspondientes a las actas de pruebas y ensayos adjuntadas a la dirección de obra, en el que conste la descripción detallada de las mismas y su resultado satisfactorio.

c) Hoja de comunicación de datos al Registro Industrial.

Undécimo. Acordar la iniciación del procedimiento de expropiación que regula el artículo 52 de la Ley de expropiación forzosa de 16 de diciembre de 1954 y Reglamento de desarrollo, respecto a los bienes y derechos afectados por el proyecto antes citado y que se concretan en la expropiación del pleno dominio e imposición de las servidumbres que se describen en la relación de afectados que se une como ANEXO a la presente resolución.

Contra la presente RESOLUCIÓN, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponer potestativamente recurso de reposición ante el Excmo. Sr. Consejero de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo, en el plazo de un mes, de conformidad con lo establecido en los artículos 116 y siguientes de la Ley 30/1192, de 26 de noviembre o Recurso Contencioso-Administrativo ante la Sala de lo Contencioso Administrativo de Granada del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, conforme a lo establecido en los artículos 10 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso- Administrativa.

RELACIÓN CONCRETA E INDIVIDUALIZADA DE BIENES Y DERECHOS AFECTADOS.

PROYECTO: AMPLIACION DE LA RED DE DISTRIBUCIÓN DE GAS NATURAL DE GRANADA. TRAMO 2.

Término municipal de: GRANADA

Abreviaturas utilizadas: SE: m² –Expropiación en dominio; SP: m.l. -Servidumbre de paso; OT: m² -Ocupación temporal; Pol: Poligono; PAR: Parcela

Finca

Titular – Dirección- Población.

SE

SP

OT

POL

PAR

Naturaleza

GR-GR-1

Antonio Aguado Tinas y Rosario Aguado Tinas- Av. Divina Pastora, 7, esc.4, 6ºA. 18012 Granada.

3

66

660

7

235

Chopera

GR-GR-8

Hdros de González Lacomba- C/ Conde Infantas, 1, pl:2 - 18002. Granada.

0

1816

3

24

Labor riego

GR-GR-9

Hdros de González Lacomba- C/ Conde Infantas, 1, pl:2 - 18002. Granada.

0

1556

3

17

Labor riego

GR-GR-10

Hdros de González Lacomba- C/ Conde Infantas, 1, pl:2 - 18002. Granada.

0

712

3

15

Labor riego

GR-GR-12

Ayuntamiento de Granada- Plaza del Carmen, 5. – 18009. Granada.

63

537

3

3

Accesos

GR-GR-14

Ayuntamiento de Granada- Plaza del Carmen, 5. – 18009. Granada.

0

657

3

1

Árboles ribera

GR-GR-18

Hdros de Antonio López Peralta, Jose Manuel López Lucena, Tomás López Lucena, Maria Trinidad López Lucena, Gracia María López Lucena, Josefa López Lucena, Josefina Lucena Quintanilla y Antonio Luis López Martínez- C/ Callejón del Angel, 3, Pl:7, Pt:C. – 18006. Granada.

Banco Bilbao Vizcaya Argentaria S.A. Paseo de la Castellana nº 81. 28046 Madrid.

3

59

1696

1

48

Chopera

Término municipal de: vegas del genil

Abreviaturas utilizadas: SE: m² –Expropiación en dominio; SP: m.l. -Servidumbre de paso; OT: m² -Ocupación temporal; Pol: Poligono; PAR: Parcela

Finca

Titular – Dirección- Población.

SE

SP

OT

POL

PAR

Naturaleza

GR-VG-2

Jose Antonio Molina Palma - Cm, de Cartuja – 18193. Vegas del Genil (Granada).

29

405

7

99

Labor riego

GR-VG-3

M. Aurelio Reyes Martín, Alicia Rodriguez Ortega. Av. De Purchil, 28 – 18193. Vegas del Genil. (Granada).

0

320

7

100

Labor riego

GR-VG-4

M. Aurelio Reyes Martín, Alicia Rodriguez Ortega. Av. De Purchil, 28 – 18193. Vegas del Genil. (Granada).

0

297

7

101

Labor riego

Granada, 18 de junio de 2013.- El Consejero de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo, P.D., el Delegado Territorial (Orden de 24 de junio de 2010, BOJA núm. 139 de 16/7/2010), José Antonio Aparicio López.

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid