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Documento BOE-B-2013-28006

LAS PALMAS DE GRAN CANARIA

Publicado en:
«BOE» núm. 173, de 20 de julio de 2013, páginas 37402 a 37402 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2013-28006

TEXTO

Edicto

Doña Teresa Hernández Rivero, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de Las Palmas de Gran Canaria,

Por el presente se hace saber: Que en el procedimiento concursal 198/2013 seguido a instancias de la Procuradora doña Leonor Antonia Espino Ley, en nombre y representación de la mercantil Aerogeneradores Canarios, S.A., se ha dictado Auto el día 5 de julio de 2013, en cuya parte dispositiva constan, entre otros, los siguientes extremos:

Se declara el concurso de la mercantil Aerogeneradores Canarios, S.A., con CIF n.º A-35093798, el que se tramitará por el procedimiento abreviado.

A los efectos oportunos, el presente concurso, tiene el carácter de voluntario.

Conforme prevé el art. 23 de la Ley Concursal el presente edicto se insertará en el Registro Público Concursal y, en tanto se produce la reglamentación de dicho órgano, se publicará en el Boletín Oficial del Estado.

Se designa como Administrador del concurso a Alamar Estudio Jurídico, S.L.P., en particular a don Marcelino Alamar Llinás, abogado, el cual ha designado como domicilio postal el de C/ Buenos Aires, n.º 3, CP 35002 de Las Palmas, teléfono 928.401.447 y fax 963.940.700, así como dirección electrónica abogados@alamar.es.

En cuanto a los efectos sobre las facultades de administración y disposición del deudor respecto a su patrimonio, se acuerda; intervención.

Llámese a los acreedores para que pongan en conocimiento de la Administración Concursal la existencia de sus créditos en el plazo de un mes a contar desde el siguiente a la publicación en el "Boletín Oficial del Estado" del Auto de declaración de concurso, conforme a lo previsto en el art. 23 de la Ley 22/2003, de 9 de julio, Concursal, en el domicilio designado por la Administración Concursal y en la forma prevista en el art. 85 de la mentada Ley.

Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (art. 184.3 LC.).

Y para que sirva de publicación a los efectos acordados en el Auto dictado, así como de notificación a los acreedores y al deudor en el caso de que este no hubiere comparecido, de conformidad a lo establecido en los arts. 21.5 y 23 de la Ley Concursal, se expide el presente Edicto.

Las Palmas, 8 de julio de 2013.- La Secretaria Judicial.

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