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Documento BOE-B-2013-26588

ZARAGOZA

Publicado en:
«BOE» núm. 164, de 10 de julio de 2013, páginas 35449 a 35449 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2013-26588

TEXTO

D.ª Carmen Montaner Zueras, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Zaragoza,

Por el presente, hago saber:

1. Que en este Juzgado se siguen autos de Concurso Voluntario Abreviado n.º 249/2013-F y número de Identificacion General del procedimiento (NIG) 50297 47 1 2012 0000433, en el cual se ha dictado en fecha de 12 de junio de 2013, Auto de Declaracion de Concurso Voluntario de la Compañía Mercantil "Neometal, S.L.", con CIF número B-99060931, y domicilio social en Zaragoza, calle Vicente Berdusán, s/n, bloque D1, Centro Empresarial Parque Roma, CP 50010.

2. Se ha acordado la Intervención de las facultades de administración y disposición que seguirá ejerciendo la mercantil concursada, mediante autorización o conformidad de la administración concursal.

3. Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que en el plazo de un mes comuniquen por escrito la existencia de sus créditos directamente a la Administración concursal designada, integrada por la sociedad "Iber Auditores, S.L.P.", con CIF B50374727, representada por el titular mercantil don Jesús Ferruz Gil, con DNI 17.185.509-R, dirección postal: Calle Teniente Coronel Valenzuela, n.º 5, 5.º izda, 50004 Zaragoza; Teléfono 976 468644; Fax 976-220409; Correo electrónico: iberauditores@iberauditores.es.

Dicha comunicación podrá presentarse en el domicilio postal de la administración concursal indicada o remitirse por correo a dicho domicilio, o efectuarse en su dirección electrónica. No se admitirán comunicaciones de créditos en el Juzgado.

4. La comunicación de créditos se efectuará de conformidad con el artículo 85 de la Ley Concursal, y expresará nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretenda, indicando, si se invocare un priviliegio especial, los bienes o derechos a que afecte y, en su caso, los datos registrales, acompañándose copia, en forma electrónica en los casos que se haya optado por esta forma de comunicación del título o de los documentos relativos al crédito.

5. Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de procurador y asistidos de letrado (art. 184.3 Ley Concursal).

Zaragoza, 14 de junio de 2013.- La Secretaria Judicial.

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