EL Juzgado de lo Mercantil de Almería
Anuncia
1.- Que en el procedimiento concursal Apertura Sección número 96.06/2010 referente al concursado Reimagina, S.L., con C.I.F. B04499877 y domicilio en Avenida García Lorca, 43, entresuelo, CP 04004, de Almería, se ha dictado con fecha 17/06/13 sentencia calificando el presente concurso como culpable.
2.- La parte dispositiva de la Sentencia tiene el siguiente tenor literal:
Fallo
Que estimando sustancialmente la petición de calificación del presente concurso de acreedores, siendo concursada Reimagina, S.L., efectuada por la Administracion Concursal,
1.- Califico como culpable el concurso de Reimagina, S.L.
2.- Es persona afectada por dicha declaración D. Francisco Javier López-Gay Belda.
3.- Condeno al anterior a la inhabilitación para administrar bienes ajenos y para representar o administrar a cualquier persona por un plazo de diez años.
4.- Condeno al anterior a pérdida de cualquier derecho que, con carácter sobrevenido, pueda tener o nacer a su favor contra la masa activa de Reimagina, S.L.
5.- Condeno al anterior a la devolución de bienes o derechos de los que, por noticia posterior a esta resolución, se tenga conocimiento de que el condenado hubiera obtenido indebidamente del patrimonio del deudor.
6.- Condeno al anterior a pagar a los acreedores concursales, totalmente, el importe que de sus créditos no perciban en la liquidación de la masa activa.
7.- Con imposición de costas al demandado.
Almería, 20 de junio de 2013.- El/lA Secretario Judicial.
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