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Documento BOE-B-2013-26119

BARCELONA

Publicado en:
«BOE» núm. 162, de 8 de julio de 2013, páginas 34875 a 34875 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2013-26119

TEXTO

Edicto dando publicidad a la Declaración de Concurso.

Doña Natalia Ramos Lain, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil n.º 3 de Barcelona.

Hago saber: Que en dicho Juzgado se tramita el proceso consursal 916/2012, en el que se ha dictado auto declarando en estado de concurso a la entidad Hotel Almería, S.L., y ordenando darle publicidad con los siguientes datos:

Número de Asunto.-Concurso voluntario 916/2012 Sección C4.

NIG del Procedimiento.-0801947120128004476.

Entidad Concursada.-Hotel Almería, S.L., con CIF n.º B61311015.

Tipo de Concurso.-Voluntario.

Fecha del Auto de Declaración.- 9 de abril de 2013.

Administrador/es Concursal/es.- Doña Gema Soligo Illamola, con correo electrónico Admconcursal.HAlmeria@es.gt.com

Facultades del Concursado.- Intervenidas.

Forma de Personación.-Los acreedores pueden personarse en el proceso por medio de Abogado y Procurador.

Llamamiento a los acreedores y Comunicación de Créditos Conforme al Art. 85 LC.-Los acreedores de la concursada deberán ponerlos en conocimiento de la Administración concursal, en el domicilio designado al efecto o remitirlos a dicho domicilio. También podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos. La comunicación expresará el nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento características y calificación que se pretenda. Si se invocare un privilegio especial se indicarán además los bienes o derechos a que afecte y, en su caso, los datos registrales. También se señalará un domicilio o una dirección electrónica para que la Administración concursal practique cuantas comunicaciones resulten necesarias o convenientes. Se acompañará copia en forma electrónica en caso de que se haya optado por esa forma de comunicación, del título o documentos relativos al crédito.

El plazo será de un mes a contar desde la última de las publicaciones.

Examen de los Autos.-Los acreedores no personados pueden acudir personalmente a esta Secretaría Judicial y solicitar el examen de aquellos documentos o informes en que consten sus respectivos créditos, o bien hacerlo por medio de Abogado o Procurador que autoricen al efecto, sin necesidad de personarse.

Barcelona, 3 de mayo de 2013.- La Secretaria Judicial.

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