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Documento BOE-B-2013-25380

SANTA CRUZ DE TENERIFE

Publicado en:
«BOE» núm. 157, de 2 de julio de 2013, páginas 33819 a 33819 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2013-25380

TEXTO

Don Cristo Jonay Pérez Riverol Secretario del Juzgado Mercantil número 1 de los de Santa Cruz de Tenerife.

Hago Saber: que en procedimiento Concursal número 47/10, de la entidad Canarias de Plásticos, Sociedad Anónima, se ha dictado Sentencia de fecha 15 de abril de 2013, cuyo fallo son del tenor literal siguiente:

"Se aprueba el convenio presentado por Canarias de Plásticos, Sociedad Anónima, aceptado en la junta de acreedores celebrada el 22 de marzo de 2013, salvo el párrafo segundo del aparado primero del Título I, cesando los efectos de la declaración de concurso.

La concursada informará al Juzgado con periodicidad semestral de su cumplimiento una vez se comiencen a realizar los pagos.

Se acuerda el cese de la Administración Concursal en sus funciones de intervención de las facultades de administración y disposición de la entidad concursada, debiendo presentar redición de cuentas en el plazo de dos meses desde la firmeza de esta resolución sin perjuicio de conservar plena legitimación para continuar los incidentes en curso y para actuar en la sección sexta hasta que recaiga sentencia firme.

Dese a esta resolución la publicidad prevista en los artículos 23 y 24 de la Ley concursal.

Líbrese mandamiento al Registro Mercantil para su inscripción y demás efectos relativos a la limitación de sus facultades y al cese de los administradores concursales.

Líbrese mandamiento a los Registros Públicos en los que figuren inscritos los bienes titularidad de la concursada a fin de que se anoten la finalización de la intervención de las facultades de administración y de disposición sobre los bienes y derechos que integran la masa activa y el cese de la Administración concursal.

Fórmese la Sección Sexta, emplácese a los acreedores y a cualquiera que tenga un interés legítimo para personarse en Díez días en dicha Sección.

Notifíquese esta sentencia a las partes, haciéndoles saber que contra la misma cabe recurso de apelación en el plazo de veinte días, que se tramitará con carácter preferente.

Así lo pronuncio, mando y firmo."

Y para que sirva de notificación y emplazamiento a todos los interesados-acreedores, mediante su fijación en el tablón de anuncios de este Juzgado y publicación Gratuita en el Boletín Oficial del Estado y periódico-diario "El Día" (de conformidad con la nueva redacción recogida en el Real Decreto Ley 3/2009 del 27 de marzo), extiendo y firmo la presente.

Santa Cruz de Tenerife, 7 de junio de 2013.- El Secretario Judicial.

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