Está Vd. en

Documento BOE-B-2013-2480

Anuncio de la Notaría de Don Paulino Ángel Santos Polanco de San Juan de Aznalfarache sobre Venta Extrajudicial.

Publicado en:
«BOE» núm. 20, de 23 de enero de 2013, páginas 3228 a 3228 (1 pág.)
Sección:
V. Anuncios - A. Anuncios de licitaciones públicas y adjudicaciones
Departamento:
Otros Poderes Adjudicadores
Referencia:
BOE-B-2013-2480

TEXTO

Paulino Ángel Santos Polanco, Notario del Ilustre Colegio de Andalucía con residencia en San Juan de Aznalfarache,

Hace saber: Que en mi notaría sita en San Juan de Aznalfarache, avenida 28 de febrero número 68, se tramita venta extrajudicial conforme al artículo 129 de la Ley Hipotecaria de la siguiente finca hipotecada:

Urbana.- Piso tercero derecha del edificio sito en San Juan de Aznalfarache, calle Palma de Mallorca, número uno, tres y cinco. Su acceso lo tiene por el portal número cinco.

Inscripción.- En el Registro de la Propiedad de San Juan de Aznalfarache, al folio 26, del tomo 2.012, libro 307 de San Juan de Aznalfarache, finca número 4.363, inscripción 4ª.

Procediendo la subasta de la finca se hace saber sus condiciones: La subasta tendrá lugar en la Notaría, el próximo día 14 de marzo de 2.013, a las doce horas, al tipo del precio tasado en la escritura de constitución de la hipoteca, que es la cantidad de 143.641 euros.

La documentación y certificación del registro a que se refieren los artículos 236 a) y 236 b) del reglamento hipotecario pueden consultarse en la Notaría de lunes a viernes de 11 a 13 horas. Se entenderá que todo licitador acepta como bastante la titulación aportada. Las cargas y gravámenes y asientos anteriores a la hipoteca que se ejecute continuarán subsistentes; los licitadores deberán consignar, previamente a la subasta, en la notaría una cantidad equivalente al 30 por ciento del tipo, mediante cheque bancario a nombre del notario.

Podrán hacerse posturas por escrito en pliego cerrado acompañando el cheque bancario previo, hasta el momento de la subasta. Solo la adjudicación a favor del acreedor requirente o el remate a favor del mismo o de un acreedor posterior podrá hacerse a calidad de ceder a un tercero.

La subasta se efectuará y se regirá por lo dispuesto en el artículo 12 del Real Decreto-ley 6/2012, de 9 de marzo, de medidas urgentes de protección de deudores hipotecarios, y en lo que no fuera incompatible por el Artículo 236 del Reglamento Hipotecario.

En San Juan de Aznalfarache (Sevilla), 14 de enero de 2013.- El Notario, don Paulino Ángel Santos Polanco.

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid