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Documento BOE-B-2013-22592

ASEPEYO, MUTUA DE ACCIDENTES DE TRABAJO Y ENFERMEDADES PROFESIONALES DE LA SEGURIDAD SOCIAL N.º 151

Publicado en:
«BOE» núm. 139, de 11 de junio de 2013, páginas 30034 a 30035 (2 págs.)
Sección:
V. Anuncios - C. Anuncios particulares
Departamento:
Anuncios particulares
Referencia:
BOE-B-2013-22592

TEXTO

La Junta Directiva de Asepeyo, Mutua de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales de la Seguridad Social número 151, en su reunión celebrada el día 28 de mayo, ha acordado, en virtud de lo establecido en el artículo 34.7 del Real Decreto 1993/1995, de 7 de diciembre, así como en el artículo 40.Uno.e) de los Estatutos de la Mutua, convocar a todas las empresas asociadas a la

Junta General ordinaria

Que tendrá lugar el 24 de julio de 2013, a las doce horas en primera convocatoria, y a las trece horas en segunda, en el Centro de Prevención y Rehabilitación Asepeyo, sito en la avenida Alcalde Barnils, 54-60, de Sant Cugat del Vallès (Barcelona), con el siguiente

Orden del día

Primero.-. Examen y aprobación, si procede, de las cuentas anuales correspondientes al ejercicio 2012 y gestión de la Junta Directiva en el mismo periodo.

Segundo.- Examen y aprobación, si procede, del Anteproyecto de presupuestos para el año 2014, y, en su caso, delegación en la Junta Directiva de las facultades para aprobar el citado Anteproyecto de presupuestos.

Tercero.- Renovación estatutaria de la Junta Directiva.

Cuarto.- Informe de la actividad de la Comisión de Prestaciones Especiales durante el ejercicio.

Quinto.- Aprobación, si procede, del Código de conducta de Asepeyo.

Sexto.- Ruegos y preguntas.

Séptimo.- Aprobación del acta.

Tendrán derecho de asistencia todos los empresarios asociados a la entidad, en las condiciones previstas por los Estatutos de la mutua, en sus artículos 25, 28 y 29, y se exigirá, como requisito indispensable para tener derecho a voto, encontrarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones sociales, de acuerdo con lo previsto por el artículo 33 del Real Decreto 1993/1995, de 7 de diciembre.

A efectos del ejercicio de los derechos de asistencia y voto, se recuerda a los empresarios asociados que se encuentra a su disposición en cualquier centro asistencial u oficina abierta al público de esta entidad la información de los datos a ellos referentes, en relación con la existencia y vigencia del convenio de asociación y el requisito de hallarse al corriente de sus obligaciones sociales. También disponen de escritos modelo para comunicar su asistencia o, en su caso, delegar el derecho de voto en otra empresa asociada.

Barcelona, 28 de mayo de 2013.- El Presidente, José María Juncadella Salisachs.

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