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Documento BOE-B-2013-22442

TARRAGONA

Publicado en:
«BOE» núm. 139, de 11 de junio de 2013, páginas 29844 a 29844 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2013-22442

TEXTO

Edicto

El Secretario judicial del Juzgado Mercantil de Tarragona,

Por el presente hace saber: Que en los autos de Concurso Voluntario de la mercantil Eduardo Roda Bonfill (NIF 78582354W ), seguidos en este Juzgado con el n.º 378/2010, se ha dictado en fecha 24/05/13 auto de conclusión del concurso, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

Debo declarar y declaro la conclusión del concurso de Eduardo Roda Bonfill, seguido en este Juzgado de lo Mercantil con el n.º 378/2010 a instancias de Eduardo Roda Bonfill y el archivo de las conclusiones por el pago de la totalidad de los créditos reconocidos.

Se declara el cese de las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor hasta ahora subsistentes, salvo las que, en su caso, se contengan en la sentencia firme de calificación. Asimismo, se decreta el cese de la Administración Concursal.

Se aprueba la rendición de cuentas presentada por la Administración Concursal.

Hágase público, igualmente, el presente auto de conclusión y archivo por medio de edictos que se insertarán con la mayor urgencia en el Boletín Oficial del Estado.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 24 de la Ley Concursal, expídanse mandamientos al Registro Civil de Tortosa, para la cancelación, en la inscripción de nacimiento correspondiente al concursado, de las limitaciones de las facultades de administración y disposición del mismo, así como del cese de los administradores judiciales librándose para ello los correspondientes oficios y mandamientos que serán entregados al Procurador del solicitante para su inmediata remisión a los medios de publicidad y práctica de la cancelación de los asientos registrales previstos.

Asimismo, remítase oficio al Juzgado Decano de Tortosa.

Notifíquese la presente resolución, haciendo saber que contra la misma no cabe recurso alguno.

Así lo acuerda, manda y firma don César Suárez Vázquez, Magistrado-Juez del Juzgado Mercantil 1 Tarragona. Doy fe.

El Juez. El Secretario Judicial

Y en cumplimiento de lo acordado libro el presente.

Tarragona, 24 de mayo de 2013.- Secretario judicial.

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