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Documento BOE-B-2013-22002

BARCELONA

Publicado en:
«BOE» núm. 137, de 8 de junio de 2013, páginas 29321 a 29321 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2013-22002

TEXTO

Doña Ana Eisman Curto, Secretaria Judicial del Juzgado Mercantil 1 de Barcelona,

Hace saber: Que en los autos con N.I.G. 08019-47-1-2013-8000442 y n.º 259/2013A se ha declarado el concurso voluntario principal de fecha 26/4/13 de Ancasfrabo, S.L., con C.I.F n.º B60904414, y domicilio en c/ Creueta 19-21 de Igualada, en el que se ha decretado la intervención de las facultades de administración y disposición, que se tramitará por los cauces del procedimiento abreviado.

El administrador concursal a la sociedad Silchris Auditores, S.L., quien ha designado como persona física a D. Arturo Martínez Serra, con domicilio en c/ Padilla, 287. Local, 08025 de Barcelona y correo electrónico ancasfrabo@silchris.com.

Conforme a lo dispuesto en el artículo 85 de la ley concursal los acreedores de la concursada deberán poner sus créditos en conocimiento de la administración concursal en el domicilio sito en c/ Padilla, 287, Local 08025 de Barcelona, o remitirse por medios electrónicos.

La comunicación deberá efectuarse en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente de la publicación en el BOE y expresará el nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto,, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretenda. Si se invocare un privilegio especial se indicará además, los bienes o derecho a que afecte y, en su caso los datos registrales. También se señalará un domicilio o una dirección electrónica para que la administración concursal practique cuantas comunicaciones resulten necesarias o convenientes. Se acompañará copia en forma electrónica, en caso de que se haya optado por esta forma de comunicación, del título o documentos relativos al crédito.

Los acreedores tienen derecho a comparecer y personarse en las actuaciones, designando abogado y procurador que les defienda ya representen, salvo que pretendan exclusivamente comunicar sus créditos o asistir a Juntas.

Barcelona, 13 de mayo de 2013.- La Secretaria Judicial.

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