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Documento BOE-B-2013-21853

ZARAGOZA

Publicado en:
«BOE» núm. 135, de 6 de junio de 2013, páginas 29087 a 29087 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2013-21853

TEXTO

Edicto

Doña Carmen Montaner Zueras, Secretaria judicial del Juzgado de lo Mercantil número 1 de Zaragoza, por el presente, hago saber:

Primero.-Que en este Juzgado se siguen autos de concurso voluntario abreviado número 164/2013-F, y número de Identificación General del procedimiento (NIG) 50297 47 1 2013 0000368, en el cual se ha dictado en fecha de 30 de abril de 2013, auto de declaración de concurso voluntario y apertura de la fase de liquidación de la compañía Mercantil "Barnizados Ambros, S.L.", con CIF número B-50956671 y domicilio social en 50420 Cadrete (Zaragoza), Polígono Industrial Proalca, calle Dalí, nave 73.

Segundo.-Se ha acordado abrir la fase de liquidación y declarar disuelta la Compañía Mercantil "Barnizados Ambros, S.L." y la suspensión de las facultades de administración y disposición de la misma sobre su patrimonio, siendo sustituida por la Administración concursal designada.

Tercero.-Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que en el plazo de un mes comuniquen por escrito la existencia de sus créditos directamente a la Administración concursal designada, integrada por el diplomado en ciencias empresariales don José Ignacio Estarreado Blasco, con DNI 17.212.426-P, dirección postal: Gran Vía, número 11, escalera A, 4.° izquierda, 50006 Zaragoza; Teléfono: 976-213949; Fax: 976-215514; Correo electrónico: mercantil.uno.164.13@gmail.com

Dicha comunicación podrá presentarse en el domicilio postal de la Administración concursal indicada, o remitirse por correo a dicho domicilio, o efectuarse en su dirección electrónica. No se admitirán comunicaciones de créditos en el Juzgado.

Cuarto.-La comunicación de créditos se efectuará de conformidad con el artículo 85 de la Ley Concursal, y expresará nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento, características, y calificación que se pretenda, indicando, si se invocare un privilegio especial, los bienes o derechos a que afecte y, en su caso, los datos registrales, acompañándose copia, en forma electrónica en los casos que se haya optado por esta forma de comunicación, del título o de los documentos relativos al crédito.

Quinto.-Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de letrado (artículo 184.3 Ley Concursal).

Zaragoza, 8 de mayo de 2013.- La Secretaria judicial.

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