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Documento BOE-B-2013-21846

VALENCIA

Publicado en:
«BOE» núm. 135, de 6 de junio de 2013, páginas 29080 a 29080 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2013-21846

TEXTO

Don Jorge Víctor Iglesias de Baya, Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantil num. 2 de Valencia, de conformidad con lo previsto en los articulos 21 y 23 de la Ley Concursal, por el presente doy la publicidad ordenada al auto de declaración de concurso dictado en este Juzgado y Hago Saber:

Que en este Juzgado se tramitan autos de Concurso Ordinario Voluntario n° 1417/2012, habiéndose dictado en fecha 5 de abril de 2013 por el Ilmo/a Sr/a. Magistrado-Juez auto de declaración de concurso de acreedores de

Cander S.L.U con domicilio en Avenida. Espioca nº 41 Silla (Valencia), y CIF nº B46045233, inscrita al Registro Mercantil de Valencia, al tomo 4721, libro 2031, folio 47, sección 8ª hoja V-30874.

Movimientos y Servicios Chiva, S.L.U, con domicilio en Avenida Espioca, nº 41, Silla (Valencia), y CIF B96685656, inscrita al Registro Mercantil de Valencia, al tomo 5910, libro 3216, folio 21, sección 8ª, hoja V-56831.

Que se ha acordado la intervención de las funciones de disposición y administración de la concursada, que quedarán sometidas a la autorización o conformidad de la administración concursal designada.

Se ha nombrado administrador concursal a D./Dª Belenguer Abogados, SLP, con domicilio en la Calle Sorni, nº 30-1-1 de Valencia, y correo electrónico concursosoinval@belenguerabogados.com

Y de conformidad con lo ordenado, se expide el presente edicto para general llamamiento de los acreedores del concursado a fin de que en el plazo de un mes, desde la publicación acordada en el Boletin Oficial del Estado puedan comunicar sus créditos a Ios efectos de su inclusión en la lista de acreedores y ulterior reconocimiento y clasifcación en los términos indicados en el articulo 85 de la Ley Concursal.

Así mismo se hace saber que para personarse en debida forma en el procedimiento concursal será necesario Abogado y Procurador.

Valencia, 5 de abril de 2013.- El Secretario Judicial.

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