Ante la acreditada imposibilidad de notificación al laboratorio Viviar, S.L., domiciliado en Pista de Ademuz, km 9,400, 46980, Paterna (Valencia), procede acudir al medio de notificación previsto en el art. 59.5 en relación con el 61 de la Ley 30/19992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999 de 13 de enero. El Jefe del Departamento de Medicamentos de Uso Humano de la Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios propone la anulación de la autorización de comercialización del medicamento Alcohol Sanitario Viviar Solución con n.º de registro 58.571, del que es titular el laboratorio Viviar, S.L., en base a la no revalidación que cumplía en fecha 1 de septiembre de 2009.
Se hace público conocimiento del anterior acuerdo para que pueda comparecer ante el Departamento de Medicamentos de Uso Humano de la Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios, calle Campezo, 1, edificio 8, 28022, Madrid, en el plazo de 10 días para conocimiento del contenido íntegro del acto y constancia de tal conocimiento.
Madrid, 27 de mayo de 2013.- Francisco Javier Muñoz Aizpuru, Secretario General de la Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios.
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