Edicto
El Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Málaga, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 177.3 de Ley Concursal, en relación al procedimiento concursal 30/09 (NIG 2906742M20080001551) que se trámita en este Juzgado de la concursada Olaru grupo inmobiliario, S.L., con CIF B 92421817,
Anuncia:
Que en el procedimiento de referencia se ha dictado auto de fecha 20 de mayo de 2013 por el que se acuerda:
Declarar concluido por falta de bienes el concurso de Olaru Grupo Inmobiliario, S.L.
Se acuerda la extinción de la sociedad concursada, debiéndose para ello emitir mandamiento de cancelación al registro público de inscripción con testimonio de la presente.
Procédase a requerir por 15 días a la AC nombrada a los efectos de la rendición de cuentas del art. 181 de la LC
La conclusión del concurso produce los efectos contenido en el art. 178 de la LC.
Notifíquese la presente en la forma establecida en el art. 177.3 de la LC.
Contra la presente resolución no cabe recurso alguno
Málaga, 24 de mayo de 2013.- El Secretario Judicial.
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