Está Vd. en

Documento BOE-B-2013-20588

TARRAGONA

Publicado en:
«BOE» núm. 128, de 29 de mayo de 2013, páginas 27465 a 27465 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2013-20588

TEXTO

El Secretario judicial del Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Tarragona,

Por el presente hace saber: Que en los autos de Concurso Voluntario de Ana María Guerra Reine (CIF 39840079P), seguidos en este Juzgado con el n.º 479/2010, se ha dictado en fecha 16-5-13 Auto de conclusión del concurso, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

"Debo declarar y declaro la conclusión del concurso de Ana M.ª Guerra Reine, seguido en este Juzgado de lo Mercantil con el n.º 479/2010 a instancias de Ana María Guerra Reine y el archivo de las actuaciones por insuficiencia de masa activa.

Se decreta el cese de las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor hasta ahora subsistentes, salvo las que, en su caso, se contengan en la sentencia firme de calificación. Asimismo, se decreta el cese de la Administración Concursal.

Se aprueba la rendición de cuentas presentada por la Administración Concursal.

Hágase público, igualmente, el presente auto de conclusión y archivo por medio de edictos que se insertarán con la mayor urgencia en el Boletín Oficial del Estado y en tablón de anuncios de este Juzgado, en la forma y con los requisitos establecidos en el artículo 21 de la Ley Concursal.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 24 de la Ley Concursal, expídase mandamiento por duplicado al Registro Civil de Tarifa, para la cancelación, en la inscripción de nacimiento correspondiente a la concursada, de las limitaciones de las facultades de administración y disposición de la misma así como del cese de los administradores judiciales e igualmente expídanse mandamiento por duplicado dirigido al Registro de la Propiedad n.º 1 de Tarragona, donde figuran inscritos los bienes y derechos del deudor para la cancelación de las anotaciones preventivas efectuadas en su día relativas a la declaración concursal, a las facultades de administración y disposición de la concursada y del nombramiento de los administradores concursales, así como la relativa a la apertura de la fase de liquidación.

Asimismo, remítase oficio al Juzgado Decano de Tarragona.

Notifíquese la presente resolución, haciendo saber que contra la misma no cabe recurso alguno.

Así lo acuerda, manda y firma don César Suárez Vázquez, Magistrado-Juez del Juzgado Mercantil 1 Tarragona. Doy fe."

Y en cumplimiento de lo acordado libro el presente.

Tarragona, 20 de mayo de 2013.- El Secretario judicial.

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid