Doña Lucía Peces Gómez, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Badajoz,
Anuncia: En este órgano judicial se tramita concurso voluntario abreviado 249/2011 seguido a instancias de Carbonbriqma, con CIF B 06345397, en los que, por auto 96/2013 de fecha 9 de mayo de 2013, se ha acordado el archivo del procedimiento por falta de bienes de la concursada y cuya parte dispositiva, literalmente indica:
1.- Concluir el presente procedimiento concursal por estar en el supuesto de inexistencia de bienes o derechos propiedad del concursado ni de terceros responsables para satisfacer a los acreedores.
2.- Cesar las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor subsistentes, salvo las que estén contenidas en la sentencia firme de calificación.
3.- Dar curso a la extinción de la entidad y el cierre de su hoja de inscripción en los registros públicos que corresponda, a cuyo efecto se expídanse los correspondiente mandamientos, firme la resolución, adjuntándose a los mismos testimonio de la presente resolución.
4.- La presente resolución una vez firme se notificará mediante comunicación personal que acredite su recibo o por los medios a que se refiere el primer párrafo del artículo 23.1 de esta Ley y se dará a la misma la publicidad prevista en el artículo 24, librándose edictos que se fijarán en el tablón de anuncios y se publicará en el BOE cuya publicidad se acuerda gratuita.
5.- Declarar aprobadas las cuentas presentadas por la administración concursal integrada por D.ª Eva María García Alegre.
Badajoz, 9 de mayo de 2013.- La Secretaria Judicial.
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