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Documento BOE-B-2013-19890

BARCELONA

Publicado en:
«BOE» núm. 125, de 25 de mayo de 2013, páginas 26539 a 26539 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2013-19890

TEXTO

Edicto dando publicidad a la declaración de concurso.

Doña Natalia Ramos Lain Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil número 3 de Barcelona.

Hago saber: Que en dicho Juzgado se tramita el proceso concursal 320/2013, en el que se ha dictado auto declarando en estado de concurso a la entidad Restaurant Les Massotes, Sociedad Limitada, y ordenando darle publicidad con los siguientes datos:

Número de asunto.- Concurso voluntario 320/2013 Sección C1.

NIG del procedimiento.- 08019-47-1-2013-8002073.

Entidad concursada.- Restaurant Les Massotes, S.L., con CIF B62561246.

Tipo de concurso.- Voluntario.

Fecha del auto de declaración.- 2 de mayo de 2013.

Administrador concursal.- Don Pedro Picón García con correo electrónico concursal@voelker.es, domicilio, Avenida Diagonal, 421-E, 08008 Barcelona (Barcelona), y teléfono 932.380.690.

Facultades del concursado.- Intervenidas.

Forma de personación.- Los acreedores pueden personarse en el proceso por medio de Abogado y Procurador.

Llamamiento a los acreedores y comunicación de créditos conforme al artículo 85 de la Ley concursal.- Los acreedores de la concursada deberán ponerlos en conocimiento de la Administración concursal, en el domicilio designado al efecto o remitirlos a dicho domicilio. También podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos. La comunicación expresará el nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretenda. Si se invocare un privilegio especial se indicarán además los bienes o derechos a que afecte y, en su caso los datos registrales. También se señalará un domicilio o una dirección electrónica para que la Administración concursal practique cuantas comunicaciones resulten necesarias o convenientes. Se acompañará copia en forma electrónica en caso de que se haya optado por esa forma de comunicación, del título o documentos relativos al crédito.

El plazo será de un mes a contar desde la última de las publicaciones.

Examen de los autos: Los acreedores no personados pueden acudir personalmente a esta Secretaría Judicial y solicitar el examen de aquellos documentos o informes en que consten sus respectivos créditos o bien hacerlo por medio de abogado o procurador que autoricen al efecto, sin necesidad de personarse.

Barcelona, 3 de mayo de 2013.- La Secretaria Judicial.

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