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Documento BOE-B-2013-19612

BARCELONA

Publicado en:
«BOE» núm. 123, de 23 de mayo de 2013, páginas 26182 a 26182 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2013-19612

TEXTO

Don José Maria Valls Soriano, Secretario judicial del Juzgado de lo Mercantil numero 2 de los de Barcelona y provincia,

Hago saber: Que en dicho Juzgado se tramita el proceso concursal 300/2013 en el que se ha dictado con fecha 26 DE ABRIL DE 2013 auto declarando en estado de concurso a la entidad Trevinsa 2004, Sociedad Limitada, con CIF B63258248 y mandando darle publicidad con los siguientes datos:

NIG del procedimiento: 08019-47-1-2012-8006910.

Tipo de concurso: voluntario. Se ordena la intervención por la administración concursal de las facultades de administración y disposición de la entidad en concurso.

Concursada: Trevinsa 2004, Sociedad Limitada, con domicilio en Sant Adrià del Besos, Almirante Oquendo, 8-10, antiguo 101.

Administrador concursal: Ad Cryex SLP, con domicilio en Rambla Catalunya, 98, 10, 08008 Barcelona (Barcelona), con correo electrónico lluis.bielsa@adcryex.org.

Forma de personación: Los acreedores pueden personarse en el proceso por medio de abogado y procurador.

Llamamiento a los acreedores y comunicación de créditos conforme al artículo 85 de la Ley concursal: Los acreedores de la concursada deberán poner en conocimiento de la administración concursal en el domicilio designado al efecto o remitirse a dicho domicilio. También podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos. La comunicación expresará el nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretenda. Si se invocare un privilegio especial se indicarán además, los bienes o derechos a que afecte y, en su caso los datos registrales. También se señalará un domicilio o una dirección electrónica para que la administración concursal practique cuantas comunicaciones resulten necesarias o convenientes. Se acompañará copia en forma electrónica en caso de que se haya optado por esa forma de comunicación, del título o documentos relativos al crédito.

El plazo será de un mes a contar desde la última de las publicaciones.

Examen de los autos: Los acreedores no personados pueden acudir personalmente a esta Secretaría Judicial y solicitar el examen de aquellos documentos o informes que consten sobre sus respectivos créditos o hacerlo por medio de abogado o procurador que autoricen al efecto sin necesidad de personarse.

Barcelona, 7 de mayo de 2013.- El Secretario Judicial.

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