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Documento BOE-B-2013-19045

SANTA CRUZ DE TENERIFE

Publicado en:
«BOE» núm. 120, de 20 de mayo de 2013, páginas 25446 a 25446 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2013-19045

TEXTO

Edicto

Cédula de Notificación

D. Cristo Jonay Pérez Riverol, Secretario del Juzgado Mercantil número uno de los de Santa Cruz de Tenerife.

Hago saber: Que en el procedimiento Concursal 101/12, de la persona física Doña Carmen Gloria Rodríguez Morales con NIF 42.161.203 H, se ha dictado Auto de fecha 4 de abril de 2013, por Doña Ana Fernández Arranz, Magistrada-Juez cuyos puntos principales de su parte dispositiva, es del tenor literal siguiente:

"Se declara en concurso, que tiene carácter de voluntario abreviado a Doña Carmen Gloria Rodríguez Morales con NIF 42.161.203 H y se declara abierta la fase común del concurso. Se nombra a Don Wilfredo Oreste Leal Marrero, miembro único de la administración concursal, quien además de las facultades legalmente previstas, deberá prestar su autorización o conformidad a los actos de administración y disposición sobre el patrimonio del deudor que realice éste, al acordarse la intervención de dichas facultades, en los términos del artículo 40 de la Ley Concursal. - Llámese, de conformidad con lo dispuesto en los Artículos 21.5º, 84 y 85 de la Ley Concursal- redacción dada por ley 38/11 de 10 de octubre-, a todos los acreedores de la Entidad-deudora, para que en el plazo de un mes a contar desde el siguiente al de la publicación acordada en este Auto (B.O.E.) comuniquen a la Administración Concursal la existencia de sus créditos, por escrito firmado por el acreedor, por cualquier otro interesado en el crédito o por quién acredite representación suficiente de ellos, y se dirigirá a la administración concursal. La comunicación podrá presentarse en el domicilio designado al efecto el cual deberá estar en la localidad en la que tenga su sede el juzgado, o remitirse a dicho domicilio. También podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos. El domicilio y la dirección electrónica serán únicos y deberán ser puestos en conocimiento del juzgado por la administración concursal al tiempo de la aceptación del cargo. La personación de los acreedores tendrá lugar por escrito firmado por Letrado y Procurador presentado en el Decanato, conforme al artículo 184 LC. La administración concursal realizará sin demora una comunicación individualizada a cada uno de los acreedores. Contra la Declaración de Concurso no cabe interponer recurso alguno (art. 14.2 LC, sensu contrario)".

Y para que sirva de notificación y emplazamiento a todos los interesados-acreedores, mediante su fijación en el tablón de anuncios de este Juzgado y su publicación gratuita en el Boletín Oficial del Estado (de conformidad con la redacción recogida en el Real Decreto Ley 3/2009 del 27 de marzo) se pone en conocimiento, a todos sus efectos, que el Administrador Concursal de este procedimiento, arriba indicado, la persona el auditor Don Wilfredo Oreste Leal Marrero, con D.N.I. 78678546-P con domicilio en Avenida Bravo Murillo nº 10 piso 2º Residencial San Carlos C.P. 38003 Santa Cruz de Tenerife, teléfono 922237670, fax 922237671, wleal@economistas.org, extiendo y firmo la presente en,

Santa Cruz de Tenerife, 8 de abril de 2013.- El Secretario Judicial.

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