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Documento BOE-B-2013-18657

BANCO MADRID AHORRO, FI
(FONDO ABSORBENTE)
INTERDIN TESORERIA, FI
FOMODI, FI
PREMIUM GLOBAL 50, FI
(FONDOS ABSORBIDOS)

Publicado en:
«BOE» núm. 117, de 16 de mayo de 2013, páginas 24941 a 24941 (1 pág.)
Sección:
V. Anuncios - C. Anuncios particulares
Departamento:
Anuncios particulares
Referencia:
BOE-B-2013-18657

TEXTO

Anuncio de Fusión de Fondos de Inversión

Banco Madrid Gestión de Activos SGIIC, Sociedad Anónima, Banco Madrid, Sociedad Anónima, como Sociedad Gestora y Entidad Depositaria, respectivamente, del Fondo Absorbente Banco Madrid Ahorro, FI. BPA Global Funds Asset Management, Sociedad Anónima, SGIIC, RBC Investor Services España, Sociedad Anónima Unipersonal, como Sociedad Gestora y Entidad Depositaria, respectivamente, del Fondo Absorbido Interdin Tesorería, FI. Nordkapp Gestión, Sociedad Anónima, SGIIC, Banco de Valencia, Sociedad Anónima, como Sociedad Gestora y Entidad Depositaria, respectivamente, del Fondo Absorbido Fomodi, FI y Banco Madrid Gestión de Activos SGIIC, Sociedad Anónima, Banco Madrid, Sociedad Anónima, como Sociedad Gestora y Entidad Depositaria respectivamente del Fondo Absorbido Premium Global 50, FI han aprobado la fusión por absorción de Premium Ahorro, FI (Fondo Absorbente) e Interdin Tesorería, FI; Fomodi, FI y Premium Global 50, FI (Fondos Absorbidos).

Con fecha 30 de abril de 2013, la Comisión Nacional del Mercado de Valores ha autorizado el proyecto de fusión de los citados Fondos. Dicho proyecto puede consultarse en la Comisión Nacional del Mercado de Valores y en el domicilio de la Sociedad Gestora.

La Fusión de los Fondos se realizará con disolución sin liquidación de la Institución absorbida y transmisión en bloque de todos sus activos y pasivos a la Institución absorbente, sucediendo ésta a título universal en todos sus derechos y obligaciones a las absorbidas.

Que la ejecución de la Fusión no entrará en vigor hasta transcurridos al menos cuarenta días contando a partir de la publicación del presente anuncio o desde el envío de la comunicación individualizada a los partícipes, si ésta se produjera en fecha posterior. Concretamente, la fusión se hará efectiva el día de la ejecución de la misma mediante la firma del correspondiente contrato entre las entidades Gestora y Depositaria de los Fondos implicados.

Por último y dado que los Fondos fusionados no aplican comisiones de reembolso, los partícipes que lo deseen podrán rembolsar sus participaciones sin comisión de reembolso ni gasto alguno al valor liquidativo del día en que lo soliciten.

Madrid, 10 de mayo de 2013.- Rodrigo Achirica Ortega, Apoderado de Banco Madrid Gestión de Activos, SGIIC, Sociedad Anónima Unipersonal.

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