Está Vd. en

Documento BOE-B-2013-18520

BARCELONA

Publicado en:
«BOE» núm. 117, de 16 de mayo de 2013, páginas 24780 a 24780 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2013-18520

TEXTO

Doña Ana Eisman Curto, Secretaria Judicial del Juzgado Mercantil 1 Barcelona,

Hace saber: Que en los autos con NIG 08019 - 47 - 1 - 2013 - 8001331 y n.º 194/2013-D, se ha declarado el concurso voluntario principal de fecha 18-4-2013 de "Wadi Rum, S.L.", con CIF n.º B61170775, y domicilio en calle Gràcia, n.º 45, 2.º, de Sabadell (08201), en el que se ha decretado intervención de las facultades de administración y diposición, que se tramitará por los cauces del procedimiento abreviado.

El administrador concursal es don David Clavero Manrique, con domicilio en calle Diputación, n.º 246, Casa Berenguer, de Barcelona (08007), y correo electrónico wadi@gbae.es.

Conforme a lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Concursal los acreedores de la concursada deberán poner sus créditos en conocimiento de la administración concursal en el domicilio sito en calle Diputación, n.º 246, Casa Berenguer, de Barcelona (08007), o remitirse a dicho domicilio. También podrá efectuarse la comuinicación por medios electrónicos en el correo wadi@gbae.es

La comunicación deberá efectuarse en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente de la publicación en el BOE y expresará el nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretenda. Si se invocare un privilegio especial se indicará además, los bienes o derecho a que afecte y, en su caso los datos registrales. También se señalará un domicilio o una dirección electrónica para que la administración concursal practique cuantas comunicaciones resulten necesarias o convenientes. Se acompañará copia en forma electrónica, en caso de que se haya optado por esta forma de comunicación, del título o documentos relativos al crédito.

Los acreedores tienen derecho a comparecer y personarse en las actuaciones, designando abogado y procurador que les defienda ya representen, salvo que pretendan exclusivamente comunicar sus créditos a asistir a Juntas.

Barcelona, 24 de abril de 2013.- La Secretaria Judicial.

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid