Está Vd. en

Documento BOE-B-2013-18102

VALENCIA

Publicado en:
«BOE» núm. 114, de 13 de mayo de 2013, páginas 24218 a 24218 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2013-18102

TEXTO

Doña Cristina María Valero Domenech, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil núm. 3 de Valencia, por el presente,

Hace saber: que en este Juzgado se siguen autos de concurso de acreedores n.° 1294/2011 de las mercantiles Unisersa, S.A.U., y Unisersa Norte, S.L.U., con cif respectivos A-46240115 y B-99154619, en cuyo seno se ha dictado auto de fecha 2/11/12 y auto de rectificación de fecha 12/11/12, con los siguientes particulares:

Se acuerda de inmediato la apertura de la fase de liquidación.

Quedan en suspenso las facultades de administración y disposición del/de los Administrador/es de la empresa concursada. (art. 145 LC).

Se declara la disolución de la mercantil concursada Unisersa Norte, S.L.U., toda vez que la mercantil Unisersa, S.A.U., está intentando un plan de viabilidad.

Lo que conlleva el cese de la administración societaria, respecto de Unisersa Norte, S.L.U., que será sustituida por el Administrador Concursal, don Alfonso Pérez Pretel, con nif número 26.174.374-Y, Economista, con despacho profesional en Valencia, Pl. Ayuntamiento, 19, 8.° A; teléfono 9963521078 y correo electrónico valencia.concursal@iberaudit.e, ello sin perjuicio de continuar aquella administración societaria en la representación de la concursada en el procedimiento y en los incidentes en los que sea parte; quien presentará en este Juzgado, en un plazo de quince días a contar desde la notificación de la presente resolución, un plan adecuado para la realización de los bienes y derechos de la concursada que forman parte de la masa activa del concurso de conformidad con el artículo 148.1 LC.

Procede el vencimiento anticipado de los créditos concursales aplazados y la conversión en dinero de los créditos realizables.

Expídase mandamiento a Registro Mercantil de la Provincia de Valencia a fin de que se verifique la oportuna anotación registral de los acuerdos adoptados por esta resolución.

Fórmense la Sección Quinta del Concurso.

Respecto de la Sexta, se formará, cuando se apruebe el plan de liquidación, de acuerdo con el artículo 167.1 LC, a los efectos procedentes. Haciéndose constar, en dicho momento, lo previsto en el artículo 168 LC.

Modo de impugnación: mediante recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Valencia (artículo 455 LECn).

Y para que sirva de notificación y a los efectos del artículo 98 de la LC, se expide el presente.

Valencia, 12 de noviembre de 2012.- La Secretaria Judicial.

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid